• Política

Impugna Ana Tere convocatoria de candidatos independientes

  • María Pineda
La ex panista señala que los requisitos impuestos contravienen a la Carta Magna y la Constitución local
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Por considerar restrictivos los lineamientos para obtener una candidatura independienteAna Teresa Aranda Orozco impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la convocatoria que aprobó el Instituto Electoral del Estado  y que establece los requisitos que deberán cumplir los ciudadanos interesados en participar en la elección bajo esta figura.

El juicio para protección de los derechos político-electorales se presentó este domingo ante la Sala Superior del TEPJF y se informó al Consejo General del IEE.

En el expediente que Aranda Orozco presentó ante el órgano jurisdiccional, se advierte que existe una “restricción desproporcional e irracional impuesta por el legislador (Congreso de Puebla) con el objeto de impedir la libre participación de los ciudadanos a las candidaturas independientes”.

Así lo argumenta porque en la fracción I del artículo 201 del Código de Instituciones y Procesos del Estado de Puebla (Coipeep), los diputados aprobaron que los militantes de partidos políticos  que no hayan renunciado a su membresía un año antes de la elección no podrán ser candidatos independientes.

“Sean o hayan sido, presidente del Comité Ejecutivo Nacional, Estatal,  Municipal, dirigente, militante, afiliado o su equivalente, de un partido político en los doce meses anteriores al día de la elección del proceso electivo en el que pretendan postularse”,  se precisa en el numeral referido del Coipeep.

La expanista  precisa que tal disposición contraviene los artículos 35 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 74 de la Constitución  Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en los cuales no prevén que para ser candidato el ciudadano deba renunciar a su  afiliación partidista.

“En este sentido es claro que los requisitos y restricciones que prevé la ley para ser elegible como candidato al Gobierno del Estado de Puebla deben ser los previstos en la Constitución del Estado y no los dispuestos en el Código Electoral Estatal, puesto que los requisitos que se prevén en el artículo 74 de la Constitución del Estado son los requisitos generales tanto para los ciudadanos que participan por un partido político, como para los ciudadanos que participan por la vía independiente”, precisa el juicio interpuesto por Aranda Orozco.

En octubre pasado, Aranda Orozco dio a conocer que en el 20 abril de 2015 presentó su renuncia al Comité Directivo Estatal Partido Acción Nacional (PAN), el cual en ese momento tenía como líder a Rafael Micalco Méndez.

Tras el anuncio, la exsecretaria de Desarrollo Social confirmó su interés de participar  como candidata independiente en el proceso electoral de este año, el cual servirá para  elegir al sucesor de Rafael Moreno Valle.

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