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La CNDH acredita una ejecución extrajudicial en Apatzingán

Durante las detenciones, los operativos deben responder a los principios de necesidad y objetividad para el uso de la fuerza
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Solo una ejecución extrajudicial y cuatro homicidios por uso excesivo de la fuerza pudo probar la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), luego que la Policía Federal dispersó a los pobladores que tenían tomada la alcaldía de Apatzingán.

El ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, dio lectura a la Recomendación 3VG/2015 por violaciones graves a derechos humanos dirigida a la Secretaría de la Defensa Nacional, la Comisión Nacional de Seguridad, el gobierno de Michoacán y la presidencia municipal de Apatzingán.

La CNDH precisó que en los cuatro homicidios no se pudo comprobar la intencionalidad del victimario.

El Primer Visitador, Ismael Eslava Pérez, dijo que según los estándares internacionales para determinar una ejecución extrajudicial se considera la intencionalidad.

“En términos de las evidencias, la persona ejecutada recibió dos impactos de arma de fuego cuando estaba en el piso mientras que el ejecutor estaba de pie”, dijo.

Las otras cuatro, no hubo elementos técnicos sobre la posición de la víctima y el victimario. Varias de ellas recibieron varios impactos de proyectil de arma de fuego pero no se pudo establecer la intencionalidad que pudiera afirmar una ejecución extrajudicial”, reconoció.

Luis Raúl González Pérez  demandó que se investigue la responsabilidad en la ejecución extrajudicial y los homicidios con uso excesivo de la fuerza.

“No se deslinda de responsabilidad a nadie”, dijo.

Argumentó que los derechos humanos son el límite para el ejercicio de la función pública, especialmente en la seguridad.

Durante las detenciones, aun enfrentando resistencia, los operativos deben responder a los principios de necesidad,proporcionalidad y objetividad para el uso de la fuerza”, dijo.

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