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ISSSTE abre periodo para que jubilados adquieran vivienda

Los candidatos a obtener este beneficio son todos aquellos pensionados mayores de 47 años pero que no rebasen la edad de 74
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Pensando en aquellos jubilados y pensionados que aún no cuentan con un patrimonio o quieren hacerse de un bien inmueble, el Programa de Financiamiento de FOVISSSTE, informa que ya se abrió el periodo de registro para la adquisición de un crédito para vivienda cuyo interés es muy bajo.

 

Los candidatos a apegarse a este beneficio son todos aquellos pensionados mayores de 47 años pero que no rebasen la edad de 74 años con 11 meses y que en su etapa de servicio en la Administración Pública Federal no gozaron de un crédito hipotecario de FOVISSSTE; otro de los requisitos es haber sido Pensionados por Jubilación, Retirados por edad y Tiempo de Servicio, o Pensionados por Cesantía en Edad Avanzada.

 

De acuerdo con la Jefa del Departamento de Vivienda, Cristina Olguín Payan, los interesados deberán cumplir con las siguientes características:
 

*El pensionado no estará sujeto a sorteo, las solicitudes se autorizan en estricto orden de ingreso, conforme a las disponibilidades.

 

La disponibilidad es para ejercer  2,000 créditos en el 2015, con cobertura Nacional, es decir, se puede solicitar en cualquier parte de la República Mexicana y ejercer también en cualquier parte de la República Mexicana.

 

*El Periodo de registro abarca del 19 de Enero del 2015 y se tendrá abierto hasta previo aviso de su cierre, en el portal del FOVISSSTE.

 

*Edad del pensionado de 47 a 74 años.

 

*Los créditos sólo podrán ser destinados para la adquisición de una Vivienda Nueva o una Vivienda Usada, pero Terminada

 

*En este Esquema NO HAY CAMBIOS DE MODALIDAD

 

*Estos créditos solo se podrán ejercer de manera individual, es decir, no se pueden mancomunar.

 

*El monto máximo de Crédito, se determina de las tablas de montos máximos publicadas para este producto en el Diario Oficial de la Federación con base al salario de la pensión, la edad del pensionado.

 

*El monto máximo de crédito será de hasta 466 mil 532.39 pesos

 

*La capacidad de crédito será igual al monto máximo, más el saldo de la Subcuenta de Vivienda del SAR, si y solo si, la CURP del Pensionado está registrada en Procesar con estatus de baja y tenga un saldo diferente de cero; de lo contrario solo se autorizará como capacidad máxima de crédito, el monto máximo de crédito calculado y obtenido en tablas de montos máximos.

 

*Las solicitudes se podrán registrar en las ventanillas de recepción.

 

*Una vez autorizado el crédito, el pensionado tendrá 90 días naturales para iniciar la formalización del crédito, es decir tiene 90 días naturales desde su autorización e incorporación al Sistema de Originación de créditos de FOVISSSTE, hasta que la Entidad Financiera emita la Instrucción al Notario; una vez cumplido este plazo si no se ha emitido la Instrucción al Notario para escriturar el crédito se cancelará.

 

*El Pensionado debe prever aproximadamente con el 10% del valor de la vivienda para gastos de Escrituración y Avalúo.

 

*La tasa de interés será del 4% al 6% dependiendo del monto de la pensión.

 

*Para la amortización del crédito se les descontará el 20% de la pensión.

 

*El plazo máximo para la amortización del crédito es de 20 años.

 

*No hay penalización por pago anticipado.

 

*Contará con un seguro de daños sobre el inmueble objeto del mutuo, el cual deberá mantener vigente y actualizado durante el mutuo la vigencia del crédito.

 

*En caso de muerte del acreditado, el crédito también contará con un seguro que liberará el saldo insoluto a la fecha del siniestro, previo dictamen jurídico que emita el FOVISSSTE.

 

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