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Revierte TEPJF negativa del PAN para registrar a Popócatl

  • María Pineda
La Comisión Organizadora Electoral (COE) tiene un plazo de 24 horas para emitir un nuevo dictamen sobre el registro de la ex diputada local
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Por carecer de fundamento, la Cuarta Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el acuerdo de la Comisión Organizadora Electoral (COE) del PAN, en el que les negó el registro como precandidatas a diputadas federales a Leonor Popócatl Gutiérrez y María Eugenia Aguilar Gómez.

En sesión pública, la presidente de la Cuarta Sala Regional, Janine Otálora Malassis señaló que al analizar los agravios que las panistas presentaron en los juicios para la protección de los derechos político-electorales –SDF-JDC-36-2015  y SDF-DC-37-2015–, encontró que el órgano partidista no fundó ni motivó la negativa para considerarlas como precandidatas en su carácter de propietaria y suplente a la diputación federal por el distrito 13 con cabecera en Atlixco.

En  su ponencia, Otálora Malassis advirtió que Popócatl Gutiérrez y Aguilar Gómez sí cumplieron con el requisito de contar con 10 por ciento de firmas de apoyo del padrón de militantes en el distrito de Atlixco, al presentar 118 rubricas, pero de manera indebida  Comisión Organizadora Electoral sólo consideró como válidas 87.

“A pesar de que las actoras (Popócatl Gutiérrez y Aguilar Gómez) entregaron ciento dieciocho firmas, es decir, veintiuna de más, la responsable (Comisión Organizadora Electoral) indebidamente únicamente les validó ochenta y siete, sin que existieran elementos para que no se hayan validado las restantes, máxime que las promoventes se cercioraron que no se repitieran las firmas con la fórmula de aspirantes que se registró primero”, señaló Otálora Malassis.

Además, la magistrada precisó que otro de los argumentos que el COE utilizó para negarles el registro a ambas panistas, fue que debían de presentar una carta de “no adeudo de cuotas específicas cargo”.

Sin embargo, este requisito sólo es “exigible” a los servidores públicos de elección o de designación en los gobiernos emanados de Acción Nacional.

Sentencia aprobada por unanimidad

En ese sentido, la presidenta de la Cuarta Sala Regional apuntó que a Popócatl Gutiérrez y Aguilar Gómez  no se les puede exigir tal documento debido a que actualmente no ocupan un cargo de representación popular o forman parte de la administración pública.

En la sentencia aprobada por unanimidad, se ordena a la Comisión Organizadora Electoral (COE) a que en un plazo 24 horas revise el número de firmas que las aspirantes presentaron, y en caso de que sean válidas se les otorgue el registro como aspirantes a precandidatas en el distrito 13 de Atlixco.

Fue el 10 de enero cuando el órgano partidista publicó los dictámenes de aprobación de los registros de aspirantes a la precandidatura en los 16 distritos de Puebla.

En el caso de Atlixco, sólo validaron el de Salvador Escobedo Zoletto, actual diputado federal, quien es identificado con el grupo del gobernador Rafael Moreno Valle.

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