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Fue legal propaganda del PAN sobre VW y Audi: TEPJF

Se determinó que el partido no utilizó de manera indebida spots, al referirse a los beneficios aportados por las armadoras alemanas
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral que declaró infundado el procedimiento especial sancionador instaurado en contra del Partido Acción Nacional (PAN), por el supuesto uso indebido de sus prerrogativas de acceso a radio y televisión, durante el proceso electoral local de 2013 en Puebla.

Por mayoría de votos, los magistrados aprobaron el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Pedro Esteban Penagos López, en el que se determinó que el partido político no utilizó de manera indebida los espacios que le fueron asignados para el periodo de precampañas, al referirse, en los anuncios identificados como Generando empleos e Inversiones, a los beneficios aportados por dos armadoras automotrices establecidas en la entidad –VW y Audi- durante administraciones de gobierno panistas.

El magistrado ponente dijo que los promocionales –impugnados por el PRI- no tuvieron la finalidad de  promover a las empresas, sino de dar a conocer, de manera fehaciente, los logros de un gobierno emanado de las filas del blanquiazul, lo cual es permisible para los partidos políticos. El hecho de que en los anuncios aparezcan los logotipos de las armadoras tiene como fin, abundó, poner de manifiesto que la llegada de inversiones al estado ha permitido la generación de empleos en el rubro automotriz.

El magistrado Constancio Carrasco Daza aclaró que con esa acción el partido político está comunicando a la ciudadanía las acciones de una gestión gubernamental, atinentes a la inversión en materia automotriz, lo cual refrenda las políticas públicas de las administraciones emanadas de ese instituto político. Dijo que los promocionales no tendrían lógica si solamente se hiciera referencia a las inversiones sin especificar en qué áreas se realizaron.

En su oportunidad, el magistrado presidente José Alejandro Luna Ramos afirmó que el PAN sí realizó una acción enfocada a promover los logros de un gobierno emanado de sus filas, y no promovió las ventas de un auto. Aseveró que los partidos políticos tienen derecho a realizar este tipo de promociones, lo cual está amparado por la ley.

La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa expresó que el partido político no rebasó la esfera de la racionalidad. “No encuentro yo en estos promocionales el beneficio que pudiera obtener violando la ley, o apartándose del modelo de medios de comunicación, ya sean las empresas mercantiles o el partido y el candidato, o el gobierno extraído de las filas de Acción Nacional”.

En opinión del magistrado Flavio Galván Rivera, la impugnación formulada en contra del contenido de los promocionales no fue hecha de manera adecuada, ya que no queda claro si se denuncia el hecho de disponer del tiempo asignado al partido para la promoción de empresas privadas, o el beneficio que obtuvo éste al citar los nombres de ellas, o por la aportación que esas armadoras habrían hecho a una campaña específica. Indicó que del contenido de los promocionales sólo se advierte la finalidad de atraer adeptos.

Magistrado cuestiona promoción de compañías

Al hacer uso de la palabra, el magistrado Manuel González Oropeza, quien votó en contra del proyecto, consideró que el PAN promocionó a esas compañías con dinero público, lo cual no está permitido. “Un discurso político con los logros económicos de unas empresas nos lleva a un terreno de gran confusión y de mucho peligro, puesto que puede verse tergiversado con los derechos de las empresas para promover sus productos”, aseveró.

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