• Seguridad

Quien se robe a la novia pagará con 5 años de cárcel en Puebla

  • María Pineda
La iniciativa del diputado Gerardo Mejía (PRI) busca combatir la trata de personas y los matrimonios forzados
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Por unanimidad, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobó reformas al Código Penal de Estado mediante las cuales desaparece la figura de rapto y se establece que este tipo de práctica se considerará privación ilegal de la libertad, delito que se castigará hasta con cinco años de cárcel.

Aunque la iniciativa del diputado Gerardo Mejía Ramírez se aprobó por unanimidad, los diputados Guillermo Aréchiga Santamaría (Nueva Alianza), Eric Cotoñeto Carmona (PRD) y Jesús Zaldívar Benavides (PAN), decidieron faltar a la sesión porque acudieron a la presentación del equipo de transición del alcalde electo, Antonio Gali Fayad, del cual forman parte.

El proyecto del legislador del PRI busca combatir casos como la trata de personas y los matrimonios forzados, siendo este último un fenómeno frecuente en los municipios serranos como Xicotepec, Huachinango y Zacatlán.

Mejía Ramírez precisó que, tal como lo establece el Código Penal del Estado, el delito de rapto desaparece si la mujer perdona o se casa con su raptor, lo cual va en contra de lo establecido por el derecho internacional, ya que esta práctica vulnera los derechos de las mujeres y se considera como privación ilegal de la libertad.

La propuesta del legislador se someterá  a votación en la sesión de miércoles, con la cual concluirá el segundo periodo ordinario. Dentro de las reformas que votarán están la derogación de los artículos 273 al 277, en los que actualmente se establece que el delito de rapto desaparece si el secuestrador se casa con su víctima.

Asimismo, se establece en el artículo 301 “al que prive a otro de la libertad, con el propósito de realizar un acto sexual, se le impondrá de uno a cinco años de prisión”.

En el mismo apartado se señala que si dentro de las 24 horas siguientes, el autor del delito restituye la libertad a su víctima sin haber practicado el acto sexual, la sanción será de tres meses a tres años de prisión.

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