• Política

Panal y PVEM proponen nuevas reformas al Código Electoral

  • María Pineda
Las iniciativas buscan regular las candidaturas independientes y hacer obligatoria la declaración patrimonial de los candidatos
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Regular las candidaturas independientes, obligar a los candidatos a presentar su declaración patrimonial y prohibir la colocación de pendones, son parte del paquete de iniciativas para reformar el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (Coipeep).

Los proyectos fueron planteados por los diputados de Nueva Alianza, Enrique Nácer Hernández y Guillermo Aréchiga Santamaría, y Elías Abaid Kuri del PVEM.

Los proyectos se analizarán en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, y se prevé aprobarlos antes de que concluya la actual legislatura, para que entren en vigor el siguiente proceso electoral, en el 2016, cuando se elegirá al gobernador.

Aréchiga Santamaría plantea reformar los artículos 91 y 208, y  adicionar el artículo 208 bis del Coipeep para establecer que: el consejero presidente del Instituto Electoral del Estado (IEE) tiene la atribución de “conocer y hacer pública las declaraciones patrimoniales de los candidatos, presentadas ante el Consejo General, los Consejos Distritales y los Consejos Municipales”.

En el apartado 208 se señala que la solicitud de registro de candidatos propietarios y suplentes deberá estar acompañada por la “declaración patrimonial pública”.

Mientras que el 208 Bis plantea: “la declaración patrimonial deberá entregarse de forma impresa y digital y deberá incluir el patrimonio y los pasivos del candidato, su cónyuge y dependientes económicos, incluyendo bienes inmuebles, bienes muebles, inversiones, participaciones accionarias, valores financieros, cuentas bancarias, créditos hipotecarios, préstamos personales y deudas por tarjetas de crédito y otras compras”.

Asimismo, se indica que el consejero presidente tiene la facultad de hacer pública la declaración patrimonial de los candidatos, ya sea de manera impresa o digital, y un día hábil después de haber publicado la relación de los registros.

En el caso de las candidaturas independientes, Enrique Nácer Hernández (Nueva Alianza) plantea modificar el artículo 28 fracción III, el apartado 46, así como adicionar al 58 y al 58 Quater del Coipeep.

La fracción III del artículo 28 señala que los partidos políticos sólo podrán ser integrados por ciudadanos y sin la participación de las organizaciones gremiales.

El apartado 46 refiere que los candidatos independientes que obtengan el triunfo en las urnas tendrán derecho a financiamiento público.

La propuesta del aliancista indica en el artículo 58 Quater que los ciudadanos que aspiren a un puesto de elección popular deben de comunicar al Consejo General del IEE su intención al menos 10 días antes de que inicie el proceso de registro de candidaturas.

Dentro de los requisitos que se establecen está que, en la etapa de registro, deben presentar una relación de apoyo equivalente al 2 % de los ciudadanos correspondientes al padrón electoral del distrito, municipio o estado por el que pretenden competir.

En lo referente a la iniciativa hecha por el PVEM, Elías Abaid Kuri propone modificar el artículo 232 del Coipeep para prohibir el uso de los pendones como medio de promoción de los candidatos a un puesto de elección popular.

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