- Seguridad
PGR deberá informar cuántos de los más buscados están en prisión
La Procuraduría General de la República (PGR) deberá buscar y dar a conocer cuántas de las 37 personas, vinculadas a cárteles del narcotráfico, mencionadas en el Acuerdo A/123/09, y por las que se ofreció recompensa, siguen en proceso penal, se encuentran en prisión o fueron extraditadas, instruyó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
En relación con ese listado, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 23 de marzo de 2009, un particular requirió, además, conocer cuántas de las personas mencionadas fueron capturadas.
La PGR respondió, a través del Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (CENAPI), que la información pública relacionada con el Acuerdo A/123/09, se encuentra disponible en el “Portal de Recompensas”.
Indicó que, al ingresar el número de Acuerdo específico, se despliega el listado de personas por las que se ofrece recompensa, así como su estatus actual de detenido, extraditado, occiso o prófugo.
El particular presentó un recurso de revisión ante el IFAI, turnado a la comisionada Jacqueline Peschard, en el que manifestó que la respuesta era incompleta, ya que en dicho portal no obra información relativa a cuántas de esas personas se encuentran en prisión, siguen en proceso penal o fueron extraditadas.
En alegatos, la PGR señaló que no cuenta con la información respecto de la cual se inconformó el particular.
En el análisis del caso, la comisionada ponente expuso lo siguiente:
- Al revisar el “Portal de Recompensas”, es posible consultar cuántas de las 37 personas que son referidas en el Acuerdo A/123/09, han sido capturadas.
- Sin embargo, el CENAPI no explicó por qué no cuenta con la información respecto de las personas que siguen en proceso penal, se encuentran en prisión o fueron extraditadas.
Respecto de esto último, se observó que la PGR turnó la solicitud de acceso al CENAPI, el cual es competente para conocer de la información, en virtud de que sus atribuciones se refieren a la operación de datos estadísticos, no obstante, omitió turnar la solicitud de acceso a todas las unidades administrativas competentes, que podrían contar con dichos datos, como son, a Dirección General de Control de Procesos Penales y Amparo en Materia de Delincuencia Organizada, la cual interviene en los procesos penales federales, competencia de las unidades especializadas adscritas a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), o bien, la Dirección General de Procedimientos Penales Internacionales, misma que interviene en los casos de extradición internacional.
- Se advirtió que la PGR cuenta con el Sistema Informático de Procuración de Justicia Federal (SIPJF) y con el Sistema Institucional de Información Estadística (SlIE), en los que obra información estadística relativa a los procesos penales y su avance.
-Finalmente, el pronunciamiento sobre la inexistencia, no fue puesto a consideración del Comité de Información, lo cual redunda en la falta de certeza que se tiene en relación con el resultado del procedimiento de búsqueda que realizó el sujeto obligado.
Por lo anterior, a propuesta de la comisionada Jacqueline Peschard, el Pleno del IFAI resolvió modificar la respuesta de la PGR en los siguientes términos:
· Revoca la inexistencia respecto de la información relativa a cuántas de las personas referidas en el Acuerdo A/123/09 se encuentran en prisión, siguen proceso penal o fueron extraditadas.
Se instruye a la PGR una búsqueda de la información en los archivos de las unidades administrativas que resulten competentes, entre las que no podrá omitir a la Dirección General de Control de Procesos Penales y Amparo en Materia de Delincuencia Organizada, a la Dirección General de Procedimientos Penales Internacionales y al CENAPI y, la entregue al particular.
· Confirma la respuesta de la PGR, en relación a cuántas de las 37 personas referidas en el Acuerdo A/123/09 fueron capturadas, en virtud de que en el portal electrónico al que remitió a la particular (Programa de Recompensas), es posible consultar dicha información.
La resolución fue aprobada por unanimidad del Pleno del IFAI.
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