- Política
SCJN abre coaliciones en Puebla y va por la Ley AntiBronco
El Pleno de la Sala Superior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales dos artículos de la Carta Magna del estado de Puebla, que fueron avalados por el Congreso local en la reciente reforma electoral, y el próximo lunes, al continuar el análisis de las impugnaciones, podría definir la validez o anular los candados que se impusieron a los aspirantes independientes, en la llamada Ley AntiBronco.
En el primer asunto, se declaró la invalidez del Artículo 3, Fracción Segunda, Párrafo Séptimo de la Constitución, que pretendía duplicar el número de representantes de los partidos en el consejo del órgano electoral.
En el segundo caso, Artículo 4, Fracción Segunda, Párrafo Segundo, que impedía a los partidos nacionales que por primera vez compitan en elecciones estatales, formar coaliciones.
En los argumentos para esta resolución, que se dio a partir del proyecto de la ministra Margarita Luna Ramos, fue que el Congreso local excedió sus facultades, pues estos temas son competencia de la legislación federal electoral.
En distintas votaciones en la sesión de este jueves, una unanimidad y otra por mayoría, se avalaron las declaraciones de invalidez que resultan de las acciones de inconstitucionalidad 77/2015 y su acumulada 78/2015, que promovieron los partidos políticos de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), demandando la nulidad de diversas disposiciones del decreto que reformó la Constitución Política del estado de Puebla.
Sin embargo, este mismo Artículo 4 obtuvo el aval de validez en lo que se refiere a la prohibición de que los partidos conformen fusiones, frentes comunes o candidaturas comunes, pues estas figuras no tienen reglamentación en las leyes federales.
El próximo lunes continuará la discusión en la Sala Superior sobre la reforma electoral del estado de Puebla, en la que deberá abordarse el caso de los candados que impuso la coloquialmente llamada Ley AntiBronco, que hace casi imposible que un candidato sin partido pueda competir en la entidad.
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