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Elevan a 60 años sanción por feminicidio en Puebla
Con una reforma al artículo 338 Bis del Código Penal, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobó elevar de 40 a 60 años de cárcel la penalidad para el delito de feminicidio.
La propuesta para incrementar la sanción corporal fue presentada la semana pasada por la diputada Silvia Tanús Osorio, coordinadora de la fracción del Revolucionario Institucional.
En entrevista, Víctor León Castañeda (PAN), presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia precisó que la iniciativa de la priísta es un homologación con el marco normativo federal, el cual contempla una penalidad hasta por 60 años.
El legislador apuntó que además de incrementar la pena corporal, la sanción económica va de 500 a mil días de salario mínimo.
Agregó que el dictamen que aprobó el órgano legislativo se presentará para su votación en el pleno durante la sesión ordinaria del próximo miércoles.
De esta manera, el artículo 338 Bis del Código Penal señalará que: "quien cometa el delito de feminicidio, se le impondrá una sanción de cuarenta a sesenta años de prisión y multa de quinientos a mil días de salario mínimo".
Actualmente el feminicidio se castiga de 30 a 50 años de cárcel, sanción que aprobó en noviembre de 2012 la LVIII Legislatura.
Además, la iniciativa de Tanús Osorio establece en el artículo 331 del mismo código que: "el homicidio de una mujer cometido por odio en razón de género, se sancionará como feminicidio”.
De acuerdo con datos del Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odsyr), en el 2014 se cometieron 60 feminicidios, y en lo que va del 2015 la cifra llega a ocho asesinatos contra mujeres.