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Exoneran a Armando Guerrero de pifias durante campañas
Con un voto en contra, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) exoneró a Armando Guerrero Ramírez, consejero presidente del IEE, de los cargos de violar la equidad del proceso electoral al declarar que existía la posibilidad de transferir los votos en caso de que algún candidato declinara a favor de otro.
La magistrada Claudia Barbosa Rodríguez dijo no estar de acuerdo con el proyecto a cargo de Francisco Javier de Unanue y Bretón, presidente del TEEP, quien consideró como infundados los agravios que argumentó la coalición 5 de Mayo (PRI-PVEM).
La queja del Revolucionario Institucional y el PVEM se fundó en la entrevista que Guerrero Ramírez dio el 10 de junio al periódico El Sol de Puebla, en la que declaró sobre la transferencia de los sufragios.
Sin embargo, los magistrados De Unanue Bretón y Adrián Rodríguez Perdomo consideraron que el consejero presidente del IEE no violentó la legalidad de los comicios efectuados el 7 de julio.
En la sesión, Barbosa Rodríguez señaló que no votaría a favor del proyecto, pues consideró que Guerrero Ramírez sí violó los principios de certeza y legalidad con los que se debe de conducir un proceso electoral, a la par que, propuso que el expediente identificado con la clave TEEP-A-223/2013 se remitiera nuevamente al Consejo General del IEE para considerar las pruebas presentadas por la coalición.
La magistrada aclaró que la libertad de expresión no es un derecho de “carácter absoluto”, y sentenció que ninguno de los integrantes del Consejo General del IEE está limitados, ya que fueron elegidos para ocupar un cargo que les otorga ventaja frente a los demás.
“La libertad de expresión no es un derecho de carácter absoluto, existen limitantes (…) El derecho de libertad de expresión de todos los integrantes del Consejo se encuentra limitado por el propio legislador ordinario al ocupar un cargo público que, expresa o implícitamente, otorga una situación de ventaja ante los demás”, enfatizó.
Entrevistada al término de la sesión pública, Barbosa Rodríguez apuntó que la proposición que hizo al pleno TEEP era en el sentido de que el expediente se remitiera nuevamente al IEE para que se discutiera nuevamente la queja y, en caso de aceptar la falta de Guerrero Ramírez, se tendría que remitir el caso al Congreso del Estado para que se fijara una sanción administrativa al consejero presidente.
La resolución del Tribunal se suma a la decisión que el Consejo General del IEE dio el pasado 20 de junio, en la cual también eximió a Guerrero Ramírez.