- Sociedad
Ibero exhorta a diputados a aprobar Ley de Declaración Especial de Ausencia
La Universidad Iberoamericana Puebla llamó al Congreso de Puebla a completar el proceso legislativo de la iniciativa de Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas del Estado, la cual está pendiente de dictaminación desde hace casi un año.
A través de un comunicado, el Instituto de Derechos Humanos “Ignacio Ellacuría SJ”, enfatizó que el poder legislativo aún está a tiempo de brindar más herramientas de protección a familiares de personas desaparecidas.
“Si bien la LXI Legislatura concluyó ya con sus periodos ordinarios de sesiones, aún está a tiempo de dictaminar la iniciativa y convocar a un periodo extraordinario con el fin de aprobar este reclamo de familiares de personas desparecidas que han enfrentado obstáculos y demoras a la hora de proteger la personalidad jurídica y los derechos de sus seres queridos”, se lee en el escrito.
Hacemos un llamado al Congreso de Puebla a completar el proceso legislativo de la iniciativa de Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas del Estado de Puebla. pic.twitter.com/dPCRLop1ZK
— IBERO Puebla (@IberoPuebla) August 5, 2024
La institución señaló que no hacerlo es darle la espalda a una demanda legítima de quienes son víctimas de una de las adversidades más dolorosas, ya que en Puebla las personas desparecidas no cuentan con un mecanismo que les permita, bajo el principio de presunción de vida, acceder a sus derechos civiles, patrimoniales y laborales, entre otros.
Lo anterior, implica el desconocimiento de su personalidad jurídica, dejándoles en estado de indefensión a las víctimas y sus familias.
La iniciativa fue elaborada en conjunto con la Universidad Iberoamericana Puebla y el colectivo Voz de los Desaparecidos en Puebla; se presentó en el pleno del Congreso de Puebla el 5 de octubre de 2023, por la diputada Mónica Silva Ruiz.
El proyecto de ley permitirá la realización de trámites jurídicos y administrativos por parte de los familiares, especialmente de los hijos, de una persona en calidad de no localizada.
Esto permite, por ejemplo, que los familiares puedan realizar acciones como inscribir a los menores afectados a la escuela a pesar de la ausencia de su tutor, así como el acceso a los servicios de salud en caso de que la persona desaparecida sea derechohabiente de alguna institución médica, o hacer uso de bienes inmuebles.
También otorga a familiares medidas para asegurar protección más amplia en términos de salud, guardia y custodia de los hijos y administración de los bienes y patrimonio familiar. (JRLM)