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TEPJF señala a AMLO por uso indebido de recursos: “vulneró principios electorales”
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad de votos que el presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad del proceso electoral federal 2023-2024.
La resolución emitida este miércoles surge como respuesta a una queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) que acusó al mandatario y a altos funcionarios por uso indebido de recursos públicos.
El pronunciamiento señala no solo la interferencia directa del presidente en el proceso electoral, al expresar su deseo de una mayoría calificada para su movimiento político, sino también la utilización de recursos estatales para respaldar sus aspiraciones.
TEPJF respalda queja del PRD hacia López Obrador
El asunto inició cuando el titular del Ejecutivo federal, durante su conferencia matutina del 19 de abril, expresó su deseo de que la próxima legislatura se integre con una mayoría calificada de integrantes de su movimiento político, a la que denomina cuarta transformación.
Explicó que esto era crucial para contrarrestar una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que impidió la subordinación de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
La queja contra López Obrador por uso indebido de recursos públicos
Al respecto, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentó una queja contra el presidente y el director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, entre otros. Alegó que las expresiones del presidente infringieron los principios rectores del proceso electoral y representaban un uso indebido de recursos públicos.
La Sala Regional Especializada determinó que dichas expresiones vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad del proceso electoral federal, y que constituyeron un uso indebido de recursos públicos, porque las expresiones pedían el voto a favor de las candidaturas de su movimiento y, para su realización y difusión, se emplearon recursos del Estado.
Las personas denunciadas no estuvieron de acuerdo con esa decisión y acudieron ante la Sala Superior. El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, confirmó la sentencia cuestionada. Se razonó, principalmente, que la Sala Especializada es competente y fundamentó y motivó debidamente su determinación.
Además, se determinó que las expresiones denunciadas no están amparadas por la libertad de expresión y afectaban negativamente la imparcialidad, neutralidad y equidad del proceso electoral federal 2023-2024 (SUP-REP-603/2023 y acumulados). (EG).
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