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Ahora exhiben abusos policiacos en Texmelucan y Teziutlán
Los alcaldes de San Martín Texmelucan y Teziutlán
El edil de Teziutlán, Carlos Peredo recibió la recomendación 26/2020 por el abuso de autoridad cometido durante el periodo del ex edil Antonio Vázquez que quedó asentado en el expediente 5170/2017, que acredita que policías municipales golpearon a una persona que estuvo arrestada por 36 horas, sin que se le practicara una valoración médica, ni se llevara a cabo el proceso administrativo correspondiente; tras su liberación acudió al Hospital General de Teziutlán donde perdió la vida.
Los uniformados realizaron la detención tras una falta administrativa, pero no acreditaron la detención y puesta a disposición del agraviado ante la Juez Calificadora para que resolviera sobre la infracción cometida, por lo que el actuar de los servidores públicos involucrados se realizó fuera de todo ordenamiento legal, vulnerando con ello los derechos humanos a la seguridad jurídica y legalidad.
Repite Texmelucan
Por otra parte, la CDH emitió la recomendación 27/2020 dirigida a la Presidenta Municipal de San Martín Texmelucan, Norma Layón Aarún, por la violación a los derechos humanos a la integridad personal y seguridad personal.
Del análisis de las evidencias que integran el expediente 2029/2019, la CDH Puebla acreditó que policías municipales realizaron la detención de una persona el 4 de febrero de 2019 en la carretera México-Puebla a la altura de la colonia San Cristóbal Tepetlaxco haciendo un uso excesivo de la fuerza, provocando al detenido diversas lesiones.
La CDH aclaró que no se opone al aseguramiento y detención de persona alguna cuando su conducta esté prevista como una falta administrativa o delictiva, pero los servidores públicos facultados para hacer cumplir la ley deben observar y respetar los derechos humanos de todas las personas.
Apenas el 30 de diciembre la CDH de Puebla emitió otra recomendación a la alcaldesa de Texmelucan por el abuso de autoridad y violencia física cometidas contra un hombre por parte de elementos de seguridad pública del municipio.
Ahí se reportó que un hombre llegó a la comisaría, lo hincaron, esposaron y lo golpearon, aunado a ello no fue sujeto a ningún procedimiento administrativo, no se le realizó ninguna valoración médica y tampoco le hicieron de su conocimiento sus derechos.
Recomendaciones
La CDH Puebla recomendó lo siguiente para el municipio de Teziutlán:
1. Se otorgue a los familiares de la víctima la reparación integral en términos de lo dispuesto por la Ley de Víctimas del Estado de Puebla; debiendo proceder su inscripción en el Sistema Estatal de Atención a Víctimas, a fin de que se pueda acceder a dicha reparación.
2. Se les proporcione a sus familiares atención psicológica que restablezca su salud física y emocional derivado de las secuelas que fueron provocadas con motivo de los hechos.
3. Se giren instrucciones al Titular de la Contraloría Municipal de Teziutlán para que, de acuerdo a sus atribuciones, determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de investigación en contra de los servidores públicos que intervinieron en los hechos y en su oportunidad determine lo que en derecho corresponda y coadyuve con la investigación respectiva.
4. Se emita una circular a través de la cual reitere la instrucción a los Servidores Públicos adscritos a la Presidencia Municipal de Teziutlán para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, así́ como a los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano y se abstengan de realizar actos que atenten contra los derechos humanos a la seguridad jurídica, legalidad y trato digno.
5. Se brinde a los servidores públicos adscritos a la Presidencia Municipal de Teziutlán, capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos, establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la seguridad jurídica, legalidad y trato digno, con el fin de evitar que actos como los señalados se repitan.
Recomendaciones para la alcaldesa de San Martín Texmelucan
1. Se otorgue a la persona agraviada reparación integral en términos de lo dispuesto por la Ley de Víctimas del Estado de Puebla; debiendo proceder su inscripción en el Sistema Estatal de Atención a Víctimas, a fin de que se pueda acceder a dicha reparación.
2. Se emita un documento a través del cual se instruya a los elementos de laPolicía Municipal de San Martín Texmelucan, para que, en el ejercicio de su función pública, sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, así como a los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano, debiendo salvaguardar la integridad física de las personas detenidas
3. Se brinde a los elementos de Seguridad Pública Municipal de San Martín Texmelucan, capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos establecidos en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la integridad y seguridad personal, con la finalidad de evitar que actos como los señalados se repitan.
4. Colabore ampliamente con la Fiscalía General del Estado, en la integración de la carpeta de investigación que se inicie en contra de los elementos de la Policía Municipal de San Martín Texmelucan que participaron en los hechos.
5. Informe al titular de la Contraloría Municipal de San Martín Texmelucan, para que determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de investigación correspondiente en contra de los elementos de la Policía Municipal que intervinieron en los hechos y en su oportunidad determine lo que conforme a derecho corresponda.
Cada punto recomendatorio debe ser justificado por la autoridad señalada, debiendo informar del cumplimiento ante este organismo autónomo.
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