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Corte aprueba que trabajadores del IFT ganen más que AMLO
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que los trabajadores del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) mantengan los salarios que tenían en 2018.
La ley de remuneraciones que aprobó el Congreso de la Unión indica que ningún funcionario puede ganar más de 108 mil pesos mensuales, que es el salario del presidente de la república.
Los magistrados indicaron que los trabajadores del Instituto Federal de Telecomunicaciones podrán mantener sus salarios, pero que no deberán exceder en 40 por ciento lo que recibe el presidente de la república.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena presentó el proyecto de concederles la suspensión a los trabajadores del Instituto Federal de Telecomunicaciones y la votación fue de cuatro votos a favor y uno en contra.
El martes 15 de enero, La Suprema Corte de Justicia de la Nación le negó la suspensión de la ley de remuneraciones a los empleados del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones presentó una controversia constitucional en contra de la ley de remuneraciones y la Suprema Corte recibió el documento, pero no concedió la suspensión.
El ministro Alberto Pérez Dayán indicó que la petición de suspender la ley de remuneraciones era improcedente porque se trataba de una medida provisional, y como el presupuesto de 2019 ya estaba vigente, no se le podía modificar.
En enero, la Corte indicó que en el presupuesto se prevé que los salarios los fijarán las instancias correspondientes y que no podrán ser superiores a los que gana el presidente de la república.
El viernes 7 de diciembre, la Suprema Corte ordenó suspender la aplicación de la Ley de Remuneraciones hasta que se estudiara y se resolviera la acción de inconstitucionalidad que presentaron los opositores.
Alberto Pérez Dayán, ministro de justicia, indicó que para evitar que se produjera un daño irreparable, la ley de salarios debía detenerse hasta que se emitiera una resolución jurídica.
“Con el fin de preservar la materia del juicio y evitar que se cause un daño irreparable, procede conceder la suspensión solicitada para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los poderes de la Unión y de todos los demás entes públicos para el ejercicio de 2019, no sean fijados en términos de la ley reclamada, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia”.
Crédito de la foto @SCJN
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