La Corte avala regulación de marchas en la CDMX

Con una votación dividida la Corte declaró que son constitucionalmente válidos los artículos 212, 213 y 214 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México que plantean que cualquiera que quiera hacer una marcha que sea “perfectamente lícita” debe avisarlo por escrito 48 horas antes. Sin embargo, el no hacerlo no implicará que la marcha sea ilegal o que los manifestantes puedan ser replegados por la policía.
También declaró que es ilegal que se bloqueen vías primarias de circulación continua y, en caso de hacerlo, los manifestantes sí podrán ser replegados por las autoridades.
Tras un debate que requirió tres sesiones para resolverse (lunes, martes y jueves) se desestimó la acción de inconstitucionalidad 97/2014 promovida por organizaciones civiles y las comisiones Nacional y local de Derechos Humanos, que consideraban que la Ley de Movilidad viola los derechos de la libre protesta y manifestación.
http://www.animalpolitico.com/2016/08/la-corte-avala-regular-marchas-cdmx/
