Dan 26 años de cárcel a pastor pederasta en Chihuahua
El pastor de la secta “Sendero de Luz”, José Manuel Herrera Lerma, fue condenado a 26 años de cárcel acusado de violación agravada contra dos hermanas, a quienes deberá pagar 96 mil pesos por reparación del daño, además de 8 mil 910 pesos más de indemnización para cada una de ellas.
Como parte de la sentencia y con base en los artículos 8 y 9 de la convención del Belén Do Pará, el Tribunal de Juicio Oral exhortó al Ejecutivo estatal a que instrumente programas de protección a la niñez y personas vulnerables, pero también de educación sexual.
El acusado permaneció impávido cuando los jueces Héctor Talamantes Abe, Mario Alberto de la Rosa Fierro y Ramón Gerardo Holguín Licón dieron a conocer su fallo.
Las abogadas coadyuvantes de las víctimas demandaron como mínimo 20 años de prisión para el pastor, la publicación del fallo, una disculpa pública del pastor, la declaración del Poder Judicial para que restablezca la dignidad de las dos hermanas, una regulación eficaz de iglesias y un programa de educación sexual.
Por su parte, el abogado defensor, Javier Robledo Zúñiga, pidió seis años de cárcel para el acusado, tomando en cuenta su edad (63 años), además de que padece diabetes, hipertensión arterial e hipertrofia prostática, enfermedades que –aseguró– le provocaron disfunción eréctil.
El juez relator, Mario Alberto de la Rosa, explicó que en la sentencia sólo tomaron en consideración el lapso de junio de 2008 a diciembre de 2010 para acreditar el delito de violación agravada.
Se tomaron en cuenta las acciones del pastor, quien usaba elementos sagrados como la biblia para realizar actos aberrantes y perversa moralidad, añadió.
Y explicó que la petición de la parte acusadora fue acotada por el tribunal al acreditar la existencia de elementos típicos en lo que se refiere a la violencia sexual a partir de la cuestión moral. Detalló que se basaron en los actos de culto a través de los cuales el acusado violentó a las víctimas y en la magnitud de los daños causados.
El Tribunal reconoció que el acto se prolongó por la temporalidad y materialización de la acusación, y dio a conocer que había un nexo entre las partes porque el pastor está casado con una prima de la madre de las víctimas.
No hay factores para favorecer al afectado. Se tomó en cuenta la edad para el fallo”, informó el juez en la sala de audiencia, y subrayó que las enfermedades no impiden la aplicación de la pena.
La sentencia “justa, legal y equitativa” que determinó el Tribunal de Juicio Oral es de 13 años por cada víctima y el pago de 96 mil pesos para cubrir 96 sesiones de terapias con un costo de 500 pesos cada una, además de 53 mil 200 pesos para pagar el adeudo a la especialista Bárbara Duarte Carrillo.
De acuerdo con los jueces, los actos se tradujeron en secuelas psicológicas y la desestabilización emocional de las dos hermanas.
Independientemente del daño causado, el Tribunal resolvió que Hernández Lerma también pague 8 mil 900 pesos por indemnización para cada víctima, que deben ser cubiertos en tres meses, una vez que la sentencia cause estado.
En cuanto a la regulación de iglesias que solicitaron las abogadas de las víctimas, indicó que no es de competencia de ese Tribunal, por lo que deberán acudir a otras instancias.
También negó la disculpa pública porque el sistema privilegia el derecho a la no auto incriminación del imputado, quien aún puede impugnar la decisión del juez. Sin embargo, determinó que Herrera Lerma no alcanza condena condicional ni sustitución de la pena.
Durante el juicio, cuando el Tribunal preguntaba al pastor si tenía alguna duda, éste se limitó a responder cada vez: “no, su señoría”.
Sobre el daño moral, las abogadas coadyuvantes Irma Villanueva Nájera y Erika Mendoza García, del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Cedehm), consideraron que la indemnización es muy vaga porque las jóvenes vieron arruinado su proyecto de vida, y es evidente que con esa decisión se invisibiliza la violencia contra las mujeres.
Explicaron que al acreditar sólo un delito derivado de varios actos repetidos, eso no determina un concurso real de la falta porque las hermanas recibieron casi 200 agresiones de junio de 2008 a diciembre de 2010.
“Ellos (los jueces se basaron en el artículo 75 del Código Penal, pero más adelante ese mismo artículo dice que el Tribunal podrá obtener una contabilidad por cada acto”, explicó Irma Villanueva.
El Cedehm dio a conocer que platicará con las víctimas para determinar si interponen un recurso de casación u otro, en tanto que el defensor anunció que promoverá un amparo para su cliente.
Respecto de la situación de la madre de las agraviadas, el mismo Tribunal hizo un llamado para que también se le considere víctima, independientemente de que ella no interpusiera denuncia contra el pastor.
Villanueva informó que acudieron al gobierno estatal para solicitarle que investigue la situación de la Iglesia, debido a que hay conocimiento e incluso evidencias de que hay otras niñas dañadas y abusadas sexualmente. No obstante, dijo, la petición fue desdeñada.
