Ayuntamiento poblano plantea acotar participación de regidores
Entre los regidores del Ayuntamiento de Puebla comienza a circular el proyecto de reglamento propuesto por la administración municipal a efecto de regular la actividad de las sesiones en Cabildo, especialmente en materia del análisis y discusión de temas.
Para algunos se trata de un planteamiento que limitará sus intervenciones. En otras palabras, una especie de camisa de fuerza.
Según el documento, del cual este reportero tiene una copia, se denomina "Proyecto de Reglamento Interior de Cabildo y Comisiones".
Uno de los puntos medulares se concentra en el Capítulo Tercero denominado "De las discusiones".
La polémica, que se empieza a traducir en molestia, radica en el artículo 27 que textualmente dice lo siguiente:
En la discusión de los asuntos que se planteen, participarán todos los miembros del Ayuntamiento que deseen hacerlo. El Presidente Municipal tomará lista de las personas que solicitan el uso de la palabra y se les concederá conforme a ese turno y en todo caso, observará el orden de solicitud de la misma.
En cada asunto en discusión, cada uno de los miembros del cabildo podrán hacer uso de la voz hasta en dos ocasiones, debiendo centrar su intervención en el punto a discusión y no exceder de cinco minutos por cada intervención, excepto que se trate del ponente del tema, en cuyo caso intervendrá cuantas veces sea necesario.
En caso de que alguno de los miembros del Cabildo considere que no se ha discutido suficientemente el asunto, deberá solicitar al pleno la aprobación de una nueva ronda de intervenciones.
Fin del artículo.
Dicha propuesta contrasta con lo establecido actualmente en el Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (Coremun) que establece en el artículo 70 lo siguiente:
Los Regidores integrantes de la Comisión ponente podrán participar en la discusión del asunto planteado tantas veces como sea necesario, los demás integrantes del Cabildo podrán participar hasta en tres ocasiones.
Es decir, no habla de límite de tiempo como se busca en intervenciones de cinco minutos.
Un esquema similar se plantea en el artículo 31:
Una vez terminada la ronda de intervenciones, los miembros del Ayuntamiento que hubiesen hecho uso de la voz, tendrán derecho a réplica por una sola vez y hasta por tres minutos, sujetándose a las mismas reglas que para las intervenciones se señalan.
Dicho proyecto hasta el momento genera dudas por la falta de claridad. En caso de aprobarse, qué pasará entonces con los artículos del Coremun que están relacionados con la vida interna del desarrollo de las sesiones de cabildo.
¿Desaparecerán?
¿O la propuesta será integrada al Coremun?
Otro punto polémico se refiere al capítulo segundo del Presidente Municipal, el cual en el artículo 11, fracción III, expone:
Mantener el orden en el recinto oficial durante el desarrollo de las sesiones, para lo cual podrá llamar la atención a los asistentes y podrá hacer a quien perturbe el orden. Si fuere necesario, mandará desalojar el salón con apoyo de la fuerza pública.
Para unos es un punto ambiguo al no especificar el término "perturbar" el orden y los supuestos en lo que puede incurrir para caer en la aparente falta.
Me parece que los primeros afectados serían los regidores de oposición.
En su papel natural de cuestionar lo hecho por el gobierno municipal, dañaría su nivel de participación para que sean aclaradas sus dudas.
Tal es el caso de Iván Galindo, el coordinador de los regidores del PRI-PVEM, que se ha caracterizado por su permanente dinámica de solicitar el uso de la palabra en el estudio de diferentes puntos de acuerdo y planes presentados.
Se trata solamente de un primer borrador que seguramente será objeto de modificaciones, sin embargo, a primera vista ha dejado un mal sabor de boca a los regidores del PRI-PVEM.
Y todavía falta el tema de las comisiones del ayuntamiento.
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Las incoherencias del diputado priista Leobardo Soto Martínez y actual líder estatal de la CTM.
Recientemente declaró que más de la mitad de las empresas establecidas en el estado de Puebla no cumple con la obligación constitucional de entregar la prestación conocida como reparto de utilidades.
Sin embargo, hace menos de un mes el dirigente cetemista responsabilizó a los trabajadores del posible incumplimiento de recibir ese beneficio, pues afirmó que al no exigir, los patrones dejan pasar el pago de esa responsabilidad de ley.
Leobardo Soto resolvió el problema de manera salomónica.
Responsabiliza a sus representados al lanzar una declaración que desde cualquier ángulo se puede interpretar como un contrasentido, un desmarque que atenta contra el espíritu y la naturaleza de cualquiera que se ostente como paladín de los derechos laborales.
De nada servirán los exhortos dirigidos por el cetemista a los empresarios en el sentido de que se sumen al pago de las mencionadas prestaciones.
El "defensor sindical" dictó sentencia en contra de la clase obrera por no exigir el cumplimiento de sus derechos.
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@Marcomironc
