En un año, el IEE dictó 8 sentencias erróneas

Francisco Sánchez/Intolerancia
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A poco más de un año de estar en funciones, el actual consejo general del Instituto Electoral y el Tribunal Electoral del Estado se convirtieron en el centro errores en las determinaciones, con cerca de 10, mientras que el anterior consejo sólo tuvo una observación de las instancias federales.

En un recuento de las rectificaciones que ha hecho el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se encuentran el otorgar el registro al partido Pacto Social de Integración, revocación de fallos, así como la reasignación de las diputaciones de representación proporcional, el pasado 9 de enero.

Mientras consejeros y magistrados de los órganos electorales a nivel local desestiman las determinaciones del tribunal federal, la suma de las correcciones han generado severas críticas y burlas de partidos como el Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano.

El primer “revés” contra el Instituto Estatal Electoral lo recibió del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que mandató al instituto a concederle el registro al partido político local Pacto Social de Integración (PSI), luego de rechazarle en dos ocasiones su registro, a pesar de haber cumplido los requisitos marcados por la ley.

En dicha ocasión, el presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial, José Alejandro Luna Ramos, reprendió al organismo local porque en una segunda valoración, el pasado 18 de febrero, el instituto buscó mecanismos para negarle el registro al partido Pacto Social de Integración.

El instituto le tuvo que otorgar su registro entregándole de manera tardía sus prerrogativas, que le corresponden por ley al partido político emergente.

Un segundo fallo en contra fue por parte el magistrado Javier de Unanue Bretón, quien evidenció el trabajo de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEE, al darle "carpetazo" a las quejas en contra del aspirante por actos anticipados de campaña. El propio magistrado, con cautela, señala que el Instituto Estatal Electoral trabaja con profesionalismo.

El Tribunal Estatal Electoral (TEE), a través del magistrado Francisco Javier Unanue Bretón, revisó el expediente con número de folio TEEP-A-002/2013, una vez que el partido Movimiento Ciudadano consideró contrario a derecho el dictamen realizado por la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, el pasado 15 de marzo.

En dicha ocasión, el partido Movimiento Ciudadano presentó una queja en contra del aspirante a la alcaldía de Puebla por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Víctor Manuel Giorgana Jiménez, por presuntos actos anticipados de campaña.

Mano dura del Trife

Tras el proceso electoral del 7 de julio, el tribunal federal ha evidenciado con sus resoluciones el trabajo de los órganos electorales, aquí la lista de sentencias.

Huautlatlauca

El 17 de septiembre, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) del 14 de septiembre, en la que se determinó quitarle la constancia de mayoría a Nicolás Tecuatzin Campos, candidato de la coalición 5 de Mayo a edil de Huatlatlauca, por supuestas irregularidades en los comicios.

Los magistrados de la Sala Regional del Distrito Federal desestimaron los argumentos de los integrantes del TEEP, en el sentido de dar validez a la fe pública de las autoridades auxiliares de la comunidad de Tepetzitzintla y a la de observadores electorales, quienes refirieron que gente armada que simpatizaba con la coalición 5 de Mayo inhibió el voto el pasado 7 de julio.

Los magistrados también determinaron infundado el agravio respecto a la falta de personalidad del representante de la coalición 5 de Mayo, Benjamín Tecuatzin Castro, pues consideraron que estuvo debidamente acreditada ante el consejo municipal del Instituto Electoral del Estado.

Cuyoaco

A principios de octubre, el Instituto Electoral del Estado tuvo que dar cumplimiento a dos sentencias emitidas por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuarta circunscripción, que recayeron respectivamente al expediente identificado como SDF-JRC-179/2013, así como al expediente SDF-JRC-161/2013 y su acumulado SDF-JRC-166/2013. En sesión pública, los magistrados electorales federales dieron el triunfo a 5 de Mayo en Amixtlán y a Movimiento Ciudadano en Cuyoaco.

Asimismo, los magistrados determinaron que la votación en Amixtlán fue favorable para 5 de Mayo, por lo que el TEPJF dejó sin efectos la sentencia del TEEP, que anuló la elección en dicho municipio.

Lara Grajales

Un caso más fue cuando la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró como infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la alianza Puebla Unida, para anular el resultado de la elección en Rafael Lara Grajales, a favor de la coalición 5 de Mayo. La determinación coincide con la aprobada por los jueces electorales de la Sala Regional del Distrito Federal, los cuales revocaron la sentencia que dictó el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) para anular el resultado de la elección a presidente municipal en Rafael Lara Grajales y ordenar la reposición del proceso.

Las plurinominales

El 9 de enero, el magistrado Héctor Rivero Bolaños pidió revocar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado el 30 de diciembre, en torno a los juicios para la protección de los derechos políticos de la priista Silvia Tanús Osorio, identificado con la clave SDF-JDC-1/2014; así como los que presentaron Ignacio Alvízar Linares, de Movimiento Ciudadano, con el expediente SDF-JDC-2/2014; y los SDF-JRC-1/2014, SDF-JRC-2/2014, SDF-JRC-4/2014, interpuestos por 5 de Mayo, Movimiento Ciudadano y Pacto Social de Integración.

Así, la Cuarta Sala del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación “ató las manos” tanto al Instituto Electoral del Estado como al Tribunal local y reasignó las diputaciones plurinominales y desechó el fallo de dichos órganos electorales a nivel local, que daban una sobrerrepresentación a la coalición Puebla Unida.

Durante la sesión del jueves, el magistrado ponente Héctor, en su argumentación, Rivero Bolaños recordó que el tribunal federal, con la resolución en torno al distrito 16, sólo movió dos o tres votos sin que hubiera motivo para que el Instituto Electoral otorgara 28 diputaciones a la coalición Puebla Unida, misma que sigue actuando como un sólo partido.

Actos anticipados de campaña

En agosto, en otra resolución de la instancia federal se anunció que el Instituto Electoral del Estado (IEE) tendría que multar al ahora presidente electo Antonio Gali Fayad por actos anticipados de campaña, tras una orden del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El órgano electoral poblano había exonerado al otrora candidato de la coalición Puebla Unida, pero ahora tendrá que sancionar de manera individual al presidente electo y al Partido Acción Nacional por el acto masivo en San Andrés Azumiatla, antes del proceso electoral.

El Trife le ordenó emitir una nueva resolución en la que “califique e individualice” una sanción en contra de Antonio Gali Fayad, alcalde electo de Puebla, y al Partido Acción Nacional (PAN), por cometer el acto anticipado de campaña.

El magistrado Armando Maitret Hernández puso a consideración del pleno de la Sala Regional del Distrito Federal el juicio de revisión que la coalición 5 de Mayo interpuso en contra de Gali Fayad y el PAN, expediente que se identificó con la clave SDF-JRC-39/2013.

Contradicciones entre consejeros

Asimismo, en el interior del organismo local hubo contradicciones entre los consejeros, luego de que el consejero del Instituto Electoral del Estado (IEE) de Puebla, Armando Guerrero, señalara que el voto es transferible. Por la noche, mediante un comunicado fue desmentido por el mismo organismo.

En una entrevista a un medio local, el consejero presidente señaló que un candidato podría recibir votos transferidos siempre y cuando culminara unos días antes de la elección.

Inmediatamente, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) pidió la “cabeza” de Armando Guerrero y aclaró que la Ley Electoral de Puebla marca claramente que los sufragios son intransferibles.

Por la noche, el IEE rectificó al emitir un comunicado donde señalaba que el voto es intransferible, corrigiendo de esta manera a Armando Guerrero.

Cabe destacar que Armando Guerrero, en la entrevista a El Sol de Puebla, señaló enfático que si un candidato declinaba a favor de otro, sus votos podrían sumarse al segundo.

Todo siempre y cuando informara a través de un oficio su determinación al Instituto Electoral del Estado, antes del 3 de julio, es decir, cuatro días antes de los comicios.

El jalón de orejas

En la sesión del 27 de diciembre de 2013, la Cuarta Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación exhortó al tribunal local a abstenerse de hacer declaraciones agresivas sin fundamentos en contra de las resoluciones de la instancia federal; además, se aclaró que ésta no actúa por intereses y se apega a las razones jurídicas.

Durante la sesión de la Cuarta Sala Regional, con sede en el Distrito Federal, donde se resolvieron 14 juicios correspondientes a Puebla, entre ellos Coronado y Cuautlancingo, la magistrada presidente Janine Otálora Malassis se refirió a las críticas vertidas por el magistrado Francisco Javier Unanue Bretón el pasado 6 de diciembre, e indicó que su actitud no abona a la certeza jurídica ni para la transparencia.

La magistrada federal aclaró que el tribunal federal, tanto en la Sala Superior como es las regionales, está abierto a la propuesta y la crítica, pero no en la forma en que lo propone el tribunal de Puebla, “por lo que se exhorta a que en el futuro no tenga ese tipo de actitudes”.

Mientras, el magistrado Armando Maitret Hernández, al hacer uso de la palabra, dijo que fue un planteamiento agresivo que no es acorde al actuar de las instituciones electorales; además, recordó que él, para ocupar el cargo, al igual que los demás magistrados, participó en elección abierta, cubriendo los requisitos.

Sostuvo que en el tribunal federal hay argumentos, razones jurídicas y no intereses personales, y aclaró que no hay evidencia de que en Puebla existan, pero cuestionar por no compartir un punto de vista muestra ser poco cuidadoso imprudente y poco ético

Caso Giorgana

El 20 de diciembre, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de la Cuarta Sala, dio el triunfo en la elección a diputado por principio de mayoría relativa al candidato de la coalición 5 de Mayo por el distrito 16, Víctor Manuel Giorgana Jiménez, y revocó las sentencias del Tribunal Electoral del Estado, que desestimaron las pruebas que presentó el priísta y que, incluso, aseguraban que había falsificación de documentos.