¿Reprobar estudiantes o al sistema educativo?

  • José Guadalupe Sánchez Aviña
Desigualdad socioeconómica se traduce en desigualdad en la oportunidad de continuidad en la escuela

Como ya es costumbre, las temáticas que ocupan a la opinión pública y a ciertos sectores de la academia, vienen y van, suben o bajan de intensidad, de acuerdo a las “modas”; por cierto, resultaría interesante preguntarnos: ¿quién o quiénes dictan la agenda de estas modas o temáticas pasajeras?

Uno de los temas de “actualidad”, a pesar de que se dio a conocer el 28 de junio de 2022 es la decisión tomada y anunciada por la Secretaría de Educación Pública Federal, de establecer como calificación mínima, el seis (6), desde luego en la ya clásica escala de 0 a 10, lo cual se traduce en que no habrá reprobados, idea que al parecer atormenta a muchos.

El acuerdo número 11/06/22, establece la regulación de las acciones específicas y extraordinarias para la conclusión del ciclo escolar 2021-2022, y el inicio del ciclo escolar 2022-2023, así como para favorecer la reinserción escolar; el trayecto educativo, y la permanencia de estudiantes en el Sistema Educativo Nacional (DOF: 28/06/2022). Subrayo “…así como favorecer la reinserción escolar; el trayecto educativo, y la permanencia de estudiantes en el Sistema Educativo Nacional” ya que una de las críticas que encuentro, presumiblemente por la lectura superficial de la declaración, es, la insuficiente información en cuanto a lo que se pretende con esta acción.

En relación directa con lograr la reincorporación de aquellos estudiantes que se vieron en la necesidad de darse de baja de la escuela, sugiero revisar las “Normas específicas de control escolar relativas a la inscripción, reinscripción, acreditación, promoción, regularización y certificación en la educación básica.

Otro aspecto necesario de señalar, es que, en este acuerdo, además de establecer criterios de evaluación de aprendizajes para los niveles de preescolar, primaria y secundaria, se hace referencia al diseño de un “…plan de atención de aprendizajes prioritarios…”, concebido como el medio promotor de la permanencia y continuidad de los estudiantes, en la escuela. Este punto merece todo un análisis por sí mismo, pues resulta ser la clave para diferenciar una medida desesperada y sin fundamento, de una estrategia diseñada para atender el impacto diferenciado de la pandemia, en los diferentes sectores socioeconómicos de la población. Habrá que estar atentos cuando lo den a conocer. Preocupa que en el acuerdo de referencia se omitan detalles de este plan, y se limitan a señalar periodos extraordinarios para asignar calificaciones. Por lo que entiendo, sólo lo refiere, en medio de la ambigüedad, en lo dicho en el artículo:

“DÉCIMO SÉPTIMO.- Todo aquello que no esté previsto en el presente Acuerdo, será resuelto por la SEP, las Autoridades Educativas Locales, las Autoridades Escolares y el Consejo Técnico Escolar, según corresponda, en el ámbito de sus respectivas atribuciones o funciones y competencia.” Es decir: nada y todo.

Aaah, se me olvidaba mencionar, que las “Las disposiciones señaladas son aplicables para las escuelas públicas y particulares del país y consideran las diferentes modalidades de enseñanza.” Asunto, no menor.

Considero que como cada medida que se tome en materia educativa debe ser considerada de la manera más seria posible, debe realizarse un ejercicio de acopio de información y de análisis profundo y con la idea de sus interconexiones con otros ámbitos de la vida social, en este caso particular, con el de salud, el socioeconómico y desde luego el ético y moral.

La pandemia, afectó directamente la salud de la población, muerte, enfermedad e incertidumbre, fueron signos de este tiempo, pero también en lo económico, la falta de trabajo, la enfermedad o muerte de los proveedores del hogar, se tradujeron en disminución de ingresos, que impidieron la continuidad de la vida diaria previa al COVID-19. Estos ámbitos vitales, encontraron eco en la asistencia y permanencia de los estudiantes en los centros escolares, impedidos de continuar, se presentó el abandono parcial o definitivo.

La desigualdad socioeconómica existente en nuestro país, además de vergonzosa, es asunto visto por todos; esta se traduce en desigualdad en la oportunidad de continuidad y permanencia en la escuela, y desde luego, desigualdad en logros de aprendizaje. Las dimensiones ético y moral nos obligan a preguntarnos, el significado de una calificación reprobatoria en estos momentos, y su impacto en los individuos en esa condición y en la sociedad en general, desde luego en el sistema educativo nacional. La medida representa: a) la oportunidad, para aquellos que por diversas razones tuvieron que dejar total o parcialmente la escuela, retamar su trayectoria escolar; y b) el reto, para el Sistema Educativo Nacional, de atender los rezagos escolares y de aprendizaje, ese que no se refleja en la deserción sino en desventaja creciente, al paso de los grados escolares futuros en la trayectoria de los estudiantes.

En fin, mucho qué decir y escuchar al respecto, pero… por favor, informados.

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José Guadalupe Sánchez Aviña

Doctor en Educación, Sistema Universitario Jesuita ademas de ser maestro en Investigación Educativa por la Ibero Puebla realizó su licenciatura en Sociología por la UNAM . Actualmente es Académico de Ibero Puebla