TEPJF atiende caso de Magistradas en Chihuahua

  • Jorge Sánchez Morales
TEPJF determina falta de legitimación de ellas porque no participaron en la designación

El pasado 13 de enero de 2021, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el juicio ciudadano SUP-JDC-10253-2020 y acumulados, determinó el criterio relativo a la falta de legitimación de mujeres que pretendiendo impugnar la designación de las Magistraturas del Tribunal Electoral del Estado de Chihuahua realizada por el Pleno del Senado de la República, en virtud de que ninguna de ellas participó en el proceso de selección de dicho cargo.

Como antecedente del caso se advierte que el 4 de noviembre de 2020, la JUCOPO del Senado de la República aprobó el “Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se remite la convocatoria para ocupar los cargos de Magistrada o Magistrado de los Órganos Jurisdiccionales Locales en Material Electoral”, entre las cuales se encontraban dos Magistraturas vacantes del Tribunal Electoral del Estado de Chihuahua.

Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto por la base “DÉCIMA PRIMERA” de la convocatoria y el artículo 106, numeral 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), el Tribunal Electoral de dicha entidad debe integrarse con cinco magistraturas, observando el principio de paridad y alternando el género mayoritario; por lo cual y ante la deuda histórica con las mujeres en la integración paritaria de los órganos jurisdiccionales locales, se debía de analizar en cada caso, que la designación debían de recaer en una mujer, de tal forma que se respetara el mencionado principio de paridad en la conformación de los tribunales electorales de las entidades federativas.

En ese sentido, las actoras controvirtieron la resolución del Pleno de la Cámara de Senadores de la República aprobada en sesión de fecha 10 de diciembre de 2020, mediante la cual se designó a un hombre como Magistrado a integrar el Tribunal Electoral del Estado de Chihuahua; sin embargo, a juicio de la Sala Superior del TEPJF, las actoras carecían de legitimación para impugnar la designación de la Magistratura por no haber participado en el proceso de selección de dicho cargo.

En la Sesión Pública por videoconferencia de la Sala Superior del TEPJF del 13 de enero de 2021, el Magistrado Felipe de la Mata Pizaña en apoyo del proyecto que propuso el desechamiento de las demandas, señaló que en el caso particular, no se trataba de un tema en el cual se debía ampliar la legitimación de grupos vulnerables para efectos de tutelar los intereses difusos de toda la clase orgánica a la que pertenece, en este caso las mujeres.

En efecto, para el Magistrado De la Mata, en el asunto que nos ocupa, las accionantes no se encontraban en el supuesto en el cual, debía ampliarse el interés jurídico, para efecto de proteger intereses difusos, en su carácter de grupo vulnerable que son las mujeres como sector de la población que históricamente ha sido discriminado en la conformación de las autoridades electorales, y en lo particular, en la integración de los Órganos Jurisdiccionales Locales.

Lo anterior es de esta manera, en virtud de que en este tipo de asuntos en los que tienen que ver con la integración, bien de Organismos Públicos Locales Electorales o de los mencionados tribunales electorales locales, la jurisprudencia que ha emitido la Sala Superior del TEPJF ha sido clara en señalar que no es aplicable el criterio de ampliar la legitimación para proteger intereses difusos, en virtud de que se trata de un asunto en el cual se deben tutelar derechos de aquellos que han participado en el proceso de selección del cargo en cuestión; sin que se pueda ampliar la legitimación a personas que no fueron parte en el procedimiento de designación de las magistraturas, y que por ende no hayan sido afectados de manera directa con la resolución que concluye con la designación del cargo.

Cabe señalar que el Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, también intervino en la citada Sesión Pública, para posicionarse en contra del proyecto, en el que sostuvo que las actoras sí tenían interés legítimo para controvertir el acuerdo en el que el Senado aprobó la designación de un hombre en una de las dos  magistraturas vacantes en el Tribunal Electoral de Chihuahua; al considerar que nombrar a un hombre en una de las vacantes incumplía con el principio de paridad en  la integración del Tribunal, ya que la composición quedaría conformada por cuatro magistrados y solo una magistrada.

Además, el Magistrado Reyes Rodríguez, afirmó que si bien la propuesta está basada en una serie de precedentes de la Sala Superior, consideró que estos no son aplicables al caso concreto y, en consecuencia, las ciudadanas sí contaban con interés legítimo; en tanto que en este caso existe un reciente marco constitucional y legal que obliga a que los tribunales electorales se integren paritariamente, en específico, el mencionado artículo 106, párrafo 1, de la LGIPE, el cual establece que los tribunales electorales deben estar integrados paritariamente. Lo cual significa que había reglas claras y preexistentes que debió haber observado el Senado al momento de hacer las designaciones, mismas que fueron replicadas en la Convocatoria emitida para la renovación de las magistraturas.

Finalmente, el desechamiento fue aprobado por mayoría, con el voto en contra del Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, por lo que en este tema prevaleció el criterio relativo a la falta de legitimación, cuando la o las accionantes no hayan participado en el proceso de selección para ocupar una Magistratura de los Órganos Jurisdiccionales Locales en Material Electoral.


Es Licenciado y Doctor en Derecho. Fue Magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Puebla y Consejero Presidente del Instituto Electoral de esa entidad. Actualmente es Magistrado Presidente de la Sala Regional Guadalajara de la Primera Circunscripción Plurinominal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Opinion para Interiores: 

Anteriores

Jorge Sánchez Morales

Magistrado Presidente de la SRG del TEPJF; Dr. en Derecho; Autor del Libro Reelección Legislativa y de Ayuntamientos; Observador Electoral Internacional; Consejero IFE; Presidente IEE Puebla. Magistrado TEEP; Master Universidad Toledo, España