Vientos nuevos en la SEP

  • Atilio Peralta Merino
Los bonos de escuelas al cien permiten la especulación financiera del presupuesto

Don Luis Benavides, siendo un pedagogo ampliamente reconocido tanto en México como en el extranjero, ha promovido entre nosotros la corriente de la educación permanente , bajo los lineamientos dicha corriente pedagógica resulta por demás alentador que al frente de la educación nacional se encuentre, precisamente, alguien que se ha dedicado a la docencia misma.

La educación pública del país fue en fechas recientes objeto de una violenta agresión por el grupo de interés que pretendía medrar con ella, y que a la fecha se erige en la fuerza de cohesión de una oposición que , al carecer de propuesta parlamentaria y de capacidad de debate, se alista a ceder su andamiaje electoral a intereses que les son del todo ajenos.

Los trabajadores de la educación fueron objeto de una campaña propagandística revestida de un enorme potencial infame e infamante.

Durante el mes de mayo del 2019 un grupo de mexicanos preocupados por el destino del país se aglutinaría para dar forma a un foro sobre educación llevado a cabo en la Ciudad de Puebla; posteriormente, el 25 de junio de ese mismo año,  en tanto se discutían en el Congreso General las disposiciones que a la fecha rigen la materia, fueron expresadas ante la comisión legislativa respectiva las siguientes consideraciones; suscritas al efecto por Luis Gonzaga Benavides Ilizaliturri, Atilio Alberto Peralta Merino, Raúl Carpinteyro Vera, Francisco Adame Díaz, Ernesto García Hernández y Germán Benítez Márquez

“El proyecto en cuestión, observa de manera virtuosa a nuestro entender, el establecimiento de actos administrativos mixtos a cargo de la Secretaría de Educación Pública y de otras Dependencias; siendo al respecto digno de mencionar los siguientes rubros:

1.- Participación de la Secretaría de Salud contemplada en los Artículos 26° y 75° por lo que hace a la preservación de la salud.

2.- Del INAI y el INBA en las Fracciones XV y XXII del Artículo 3°.

3.- De la Secretaría del Trabajo por lo que hace a los Artículos 82° y 83° en lo concerniente a la formación de escuelas denominadas Artículo 123°, y a las atribuciones concernientes a la capacitación y adiestramiento para el trabajo.

4.- Al Instituto Federal de Telecomunicaciones de los Artículos 84° al 86° por lo que hace a la utilización de las llamadas nuevas tecnologías con fines escolares.

Siendo criticables, sin embargo, que en todos estos casos sean tan solo otras Dependencias las que incursionen en el ámbito de la SEP para centrar en exclusiva el fenómeno educacional en el ámbito de las escuelas, sin que, en contrapartida, la SEP en coordinación con la comunidad formule programas para que dichas dependencias y los demás agentes educativos que conforman nuestra sociedad, promuevan la difusión y el acceso de todos los mexicanos a hábitos y valores que eleven constantemente su condición de vida material y cultural.

La situación previamente referida llega a tal extremo, que el proyecto en cuestión, hace recaer en las autoridades escolares, el trabajo de prevención de los delitos sexuales de los que puedan ser víctimas los educandos.

e).- Los suscribientes somos de la idea de revisar a fondo las disposiciones de índole financiero que se contemplan en el proyecto en cuestión:

En tal carácter, por principio de cuenta, consideramos que las disposiciones de índole presupuestal que se contemplan en los Artículos 119° y 120° del proyecto en cuestión, son propios de la Ley General de Coordinación Fiscal específicamente en su Artículo 26° y no de un cuerpo de ley que contemple aspectos educativos; por lo demás instamos a la presente instancia a revisar lo dispuesto en la Fracción III del Artículo 103° y en el segundo párrafo del Artículo 104° del proyecto, dado que consideramos que dichas disposiciones abren la puerta a esquemas financieros como los denominados “bonos de escuelas al cien”, y que por supuesto abren el espacio a la especulación financiera de los montos asignados presupuestalmente a la educación y en detrimento de la cobertura de la misma; asimismo, somos de la idea de que, en relación a la existencia de los Comités de Padres de Familia para las mejoras escolares, que al efecto se contemplan en el Artículo 108°, debe aclararse a cabalidad, que dichos comités circunscriben sus atribuciones exclusivamente para fines de mejora en la infraestructura escolar, sin que los referidos Comités tengan influencia alguna en las decisiones pedagógicas como de manera por demás acertada se contempla en el Artículo 130° del proyecto en cuestión.

III.- Consideramos inconducente del todo, la referencia a una Ley de Carrera de las Maestras y los Maestros, que al efecto se contempla en los Artículos 91° a 94°, así como toda referencia al Centro Nacional para Revalorización del Magisterio y la Mejora Continua de la Educación, aunque somos conscientes que ello sería objeto, precisamente, del proyecto de Reforma Constitucional y de disposición reglamentaria al que hemos hecho referencia en el cuerpo del presente ocurso y que en consecuencia, no sería competencia de esta instancia entrar a dirimir sobre las mismas, sin que previamente sea reformado el texto mismo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

IV.- La existencia de los Consejos de Participación Social prevista en los Artículos 131° a 136° constituyen en sí mismo un acierto, aun cuando quedan truncos en su objeto, precisamente al suscribir a la escuela en la función educativa y al no proyectar sobre el conjunto de agentes sociales la promoción a hábitos y valores que promuevan el constante mejoramiento cultural, social y económico del pueblo, para cuyo objetivo se propone, que los referidos consejos asuman el siguiente método de:

Prospección Comunitaria.- Al ejercicio de reflexión que en conjunto debe hacer el grupo beneficiario de los programas sociales, el cual deberá basarse en un intercambio libre y espontaneo de reflexiones sobre la sucedido en la vida de ellos congregados en los últimos diez años a efecto de determinar un diagnóstico de la situación actual, a partir del cual se determinen por principio de cuentas los diversos escenarios ideales, probables y posibles; una vez hecho lo cual se fijaran las estrategias a efecto de lograr la consecución de objetivos inmediatos así como de largo y mediano alcance. “

La legislatura nacional en no pocos tópicos siguió las consideraciones expresadas , lo cual ha de resultar, estando dados a expresar la verdad, enormemente satisfactorio, no obstante,  ha de considerarse que es momento en que la ejecución de la política educativa observe la mayor congruencia posible con los lineamientos de la “educación permanente ”, así como con la plena reivindicación laboral y de dignificación en la imagen social de los trabajadores de la educación.

albertoperalta1963@gmail.com

 

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Atilio Peralta Merino

De formación jesuita, Abogado por la Escuela Libre de Derecho.

Compañero editorial de Pedro Angel Palou.
Colaborador cercano de José Ángel Conchello y Humberto Hernández Haddad y del constitucionalista Elisur Artega Nava