Basta con apagar la televisión

  • Gustavo Santín Nieto
El ciclo escolar 2021 pondría fin a una discusión recurrente entre madres y padres de familia.

Cartas a Gracia   

Las nuevas condiciones en las que laboraría en el ciclo escolar 2021 pondría fin -al menos temporalmente-, a una discusión recurrente entre madres y padres de familia y sectores de la sociedad comprometidos con la igualdad de género; discordia en la que está inmersa la administración pública federal. Giraría en torno a responder la pregunta ¿quién tiene el derecho para educar a las y los menores en materia de educación sexual?, las madres, los padres de familia de familia y los tutores o el Estado. La respuesta la habría dado en primera instancia, la primer reforma al artículo 3º Constitucional, reforma que habría decretado que la educación que impartiera el Estado sería socialista y también adicionado una la fracción, la II, mediante la que se establecería que a partir del el 12 de diciembre de 1934, “La formación de planes, programas y métodos de enseñanza corresponderá en todo caso al Estado”; cuestionado desde un inicio por organizaciones de “páter familias” vinculadas a la iglesia católica. 

Sin embargo, el diferendo sobre un tema de por sí polémico, lejos de amainar crecerá y girará en torno a iniciativas sobre las infancias Trans que presentaran diferentes partidos políticos en algunos congresos locales, incluida la Asamblea de la Ciudad de México. Aprobadas en comisiones, no se discutirían en el pleno, ante manifestaciones de rechazo que por diversas vías emitieran organizaciones como la Unión de Padres de Familia, Iniciativa Ciudadana Por la Vida y La Familia, entre otras más. Pero, como si no estuviera el “horno para bollos”, las protestas se exacerbaron en redes sociales al conocerse la postura coincidente pronunciada por Olga Sánchez Cordero (OSC), ministra en retiro y Secretaria de Gobernación Federal, y que por su importancia se cita a continuación: “Cada individuo desarrolla desde la infancia una vivencia interna de su propio género, de manera que incluso antes de los cinco años cada persona se ve a sí misma como hombre, como mujer o con algún otro género. La niña, un niño, un adolescente es Trans, es importante que pueda ser reconocido en la sociedad y por el estado con el nombre y el género que ella indique, que esta persona indique, sin tener que esperar a que cumpla los 18 años. Esto debe ser posible además por la vía administrativa; sin necesidad de que haya dictámenes médicos o psicológicos y mucho menos juicios de por medio”.    

La respuesta que emite la organización Iniciativa Ciudadana Por la Vida y La Familia califica al mensaje de la ministra en retiro como “aterrador”; piden salvar a México de la ideología de género y, tras exigir el soporte académico que justificaría que niñas y niños podrían estar conscientes de ser Trans antes de los 5 años, le advierten: secretaria Sánchez Cordero: “A mis hijos los educo yo, por favor, con mis hijos no se meta”.

Sin embargo, en medio de la controversia mencionada Gracia, se encuentran niñas, niños, las y los adolescentes y los jóvenes, quienes “gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte”, como se establece en el Artículo 1º de la Constitución. La Fracción I del Artículo 1 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente, les reconoce “como titulares de derechos, con capacidad de goce de los mismos”. Una reforma en la Cámara de Senadores en 2015, aprobaría incorporar el interés superior de niñas, niños, adolescentes a la Ley General de Educación (LGE); principio que permanece en Artículo 2 de la nueva LGE, en el que, además, se establece al desarrollo “de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional”.    

El entramado que se suscita en torno al derecho a educar tendría un sustento jurídico equiparable a la Constitución Gracia, siempre y cuando madres y padres de familia recurrieran a los pactos y convenios suscritos por el ejecutivo federal y ratificados por el Senado de la República. Convenios como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) que en el Artículo 17 (Protección a la Familia), reconocen a la familia como “el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado”. El Artículo 19 de Derechos del Niño (y sin ser jurisconsulto como Alberto Curiel, a quien recurro para ilustrarme en temas que versen sobre cuestiones de Derecho), establecería de manera implícita igualdad jurídica entre la familia, la sociedad y el Estado”. Las tres instituciones deberían otorgar “las medidas de protección que su condición de menor requiere”.     

La Convención sobre los Derechos del Niño (UNICEF) establecería previamente el “compromiso” que los Estados integrantes de la Organización de las Naciones Unidas adquirirían para “asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres tutores”, y para cumplir con ese fin tomarían “todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas” (Artículo 2). En el Artículo 5, se señala que los Estados miembros de la organización “respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la comunidad, según establezca la costumbre local”, y el Artículo 14 amplía la obligación al respeto al derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión y, por si no fuese clara, en el inciso 2 del artículo citado, los Estados -y por supuesto sus administraciones- deberían respetar “los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los representantes legales, de guiar al niño en el ejercicio de su derecho conforme a la evolución de sus facultades”. El Artículo 18 del documento insiste en resaltar la atribución que tienen madres, padres de familia y tutores en “la crianza y el desarrollo del niño” basado en el interés superior del niño”.   

Valdría la pena Gracia que las y los políticos ejercieran sus facultades y sus atribuciones con una alta dosis de sensibilidad, fundamentalmente cuando se trata de temas que lastiman a sectores amplios de la sociedad y que, además, pudiesen litigarse en tribunales internacionales. Las y los actores públicos tendrían que recordar que “No hay que gastar la pólvora en infiernitos” cuando por el momento, madres y padres de familia pueden solucionar los diferendos apagando la televisión.

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Gustavo Santín Nieto

Poblano por elección. Profesor Educación Primaria, licenciatura en Economía UNAM y Maestro en Administración Pública INAP Puebla. Asesor de SEP en varios estados. Miembro SNTE. Dirige IUP y Coordina la AUIEMSS