La incontinencia normativa

  • Juan Martín López Calva

“Uno de los grandes problemas del sistema educativo en España es la incontinencia normativa. Como el propio preámbulo de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE, 2013) no oculta, los mejores resultados en educación se consiguen en países que tienen un marco legislativo estable”.

Aurelio González Bertolín y Roberto Sanz Ponce. Desafios y tensiones del sistema educativo del siglo XXI. Una mirada desde la Pedagogía.

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Aunque no soy experto en política educativa me atreví a escribir en este espacio un artículo sobre la nueva Ley Estatal de Educación del Estado de Puebla hace algunas semanas. Si no lo han leído y quieren consultarlo pueden encontrarlo en esta liga: https://www.e-consulta.com/opinion/2020-05-17/la-nueva-ley-estatal-y-la-pandemia-del-sistema-educativo

En ese artículo planteaba un análisis desde la visión del pensamiento complejo que expresaba mi preocupación por lo que considero un retroceso hacia un sistema educativo de muy baja complejidad, rompiendo con lo poco que parecía haberse avanzado, al menos en el papel, en la reforma educativa del 2013 que fue derogada tal y como prometió en campaña el presidente.

En este sentido, la ley estatal no hace sino adoptar –y prácticamente copiar y pegar- lo que se legisló a nivel federal en lo que he llamado aquí la (contra) reforma educativa del gobierno actual.

De manera que la legislación estatal, realizada de espaldas a la sociedad poblana, sin niguna consulta previa y con tal prisa que dio como resultado un documento con múltiples errores incluso de redacción que además desperdició la oportunidad de mejorar al menos un poco lo que a nivel federal se hizo al inicio de la actual legislatura federal.

Esta nueva legislación refleja tristemente lo que en la cita que sirve de epígrafe a este artículo se llama incontinencia normativa que hemos padecido en México históricamente desde tiempos inmemoriales en los que cada sexenio se pretende reinventar al país empezando de cero e ignorando lo que se había hecho bien en los gobiernos anteriores.

El caso es que a raíz de ese artículo que fue citado en un análisis mucho más minucioso también publicado en estas páginas de E-Consulta por mi colega y amigo el doctor Miguel Ángiel Rodríguez –que se puede encontrar aquí: https://www.e-consulta.com/opinion/2020-06-15/la-ley-de-educacion-de-puebla-, el mismo Dr. Rodríguez me ha hecho favor de invitarme a un foro virtual que organiza el Instituto de Investigaciones Legislativas Gilberto Bosques Saldívar a través de la Cátedra Luis Cervantes Jáuregui.

En este espacio que se realizará hoy lunes 13 de julio a las 17 hrs. tendré el honor de compartir la mesa con él y con el Dr. Vernor Muñoz Villalobos, relator especial para el derecho a la educación de la ONU.

Es importante decir que celebro que el H. Congreso del Estado de Puebla a través del IILGBS abra este tipo de espacios para escuchar a los académicos y que la misma autoridad educativa haya establecido una mesa de diálogo con la agrupación denominada Unidos por la Educación, formada por organizaciones de padres de familia y diversas instituciones de educación de todos los niveles en la que se ha entregado ya un documento con propuestas de modificación a la legislación estatal.

Mi participación en este espacio de diálogo se enfocará nuevamente en la necesidad de que la ley de educación apunte hacia la construcción de un sistema educativo estatal de alta complejidad a pesar de que el sistema educativo nacional por la orientación rígida y centralizadora de la legislación federal se oriente en el sentido opuesto.

Porque según Jaques Lesourne existen diversas fuentes de complejidad en la educación: por su mismo objeto que es el ser humano que es en sí mismo complejo, por las dimensiones que tiene un sistema educativo que debe dar cobertura a toda la sociedad, por la diversidad de modalidades y acreditaciones que deben sin embargo tener cierta proporción mínima de elementos comunes para garantizar una formación de carácter estatal o nacional, por la tensión entre el control de los mínimos de calidad y pertinencia necesarios frente a la necesidad de libertad y pluralidad de la educación que debe reflejar la diversidad de la sociedad, por la tensión entre la autonomía y cierta dosis de cierre de las instituciones en sí mismas frente a la indispensable apertura y relación con la sociedad, por las presiones del sistema económico y político que se reflejan en la escuela y la sociedad y, añado yo, por la tensión inevitable entre el individuo, la familia y el Estado o el gobierno en la gestión y vivencia cotidiana del proceso educativo.

Hasta donde mi lectura e interpretación de la nueva ley han podido llegar, en estas tensiones y fuentes de complejidad los legisladores optaron por la vía simple de inclinar la balanza desde una visión de baja complejidad centrada en los tres falsos pilares históricos de nuestro sistema educativo: desconfianza, centralización, control absoluto.

 Por ejemplo, en el caso de la tensión entre individuo, familia y Estado, la ley antepone al Estado por encima de la familia y sus derechos para decidir sobre la educación de los hijos –a pesar de que la familia es anterior al Estado como institución- y del grado de autonomía y corresponsabilidad que tienen las personas que se forman respecto a su propio proceso educativo.

En el ámbito de la complejidad del ser humano, la ley señala de manera destacable el humanismo como base de la educación y el carácter de derecho humano que tiene la educación que debe garantizarse para todos. Sin embargo existe una carencia en la definición de elementos clave como humanismo, equidad, justicia y otros aspectos como la inclusión que en partes de entiende como educación especial –que es el enfoque que la inclusión busca superar.

El exceso de normatividad en aspectos que no son esenciales para garantizar la calidad y equidad en la educación, el énfasis en el control y la visión piramidal del sistema, la priorización del aspecto cívico-político de la escuela por encima de las demás dimensiones que implica su función y la perspectiva de control que llega incluso a pretender normar a los procesos formativos que no tienen registro de RVOE o a aspectos de las instituciones particulares que son de su ámbito interno, muestran esta perspectiva de baja complejidad que desafortunadamente no logramos superar.

Ojalá que exista la apertura para rectificar tanto los aspectos de redacción ambgua como los elementos que hacen que sigamos en un sistema de baja complejidad que ahoga la creatividad y la participación corresponsable de todos los actores en la definición y operación del proceso formativo de las nuevas generaciones que necesita nuestro país.

 

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Juan Martín López Calva

Doctor en Educación UAT. Tuvo estancias postdoctorales en Lonergan Institute de Boston College. Miembro de SNI, Consejo de Investigación Educativa, Red de Investigadores en Educación y Valores, y ALFE. Profesor-investigador de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (UPAEP).