La implementación del juicio en línea por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

  • Jorge Sánchez Morales

El 10 de junio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación número 5/2020, por el que se aprueban los Lineamientos para la implementación y el desarrollo del juicio en línea en materia electoral, respecto de los recursos de reconsideración y de revisión del procedimiento especial sancionador”.

El acuerdo en referencia atiende a la impostergable necesidad, de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), implemente el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en la administración e impartición de justicia, para la solución de conflictos, ante los retos y las nuevas problemáticas que representa la pandemia del COVID 19 y la necesidad de mantener el distanciamiento social, entre otras medidas preventivas que protejan a la población del contagio de dicha enfermedad. 

En la actualidad ya no se puede sostener que la pandemia nos tomó por sorpresa, ahora la capacidad de respuesta de las autoridades electorales, tanto del Instituto Nacional Electoral, como del TEPJF pone a prueba a las instituciones electorales y abre un área de oportunidad para implementar mecanismos que hagan frente a dicha contingencia, para salvaguardar nuestra democracia dentro de sus respectivas competencias; así como para preservar que en la renovación de los cargos públicos se siga realizando mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, y con ello la continuidad del Estado constitucional de derecho.

Por lo que refiere al TEPJF, la emisión del acuerdo que implementa un sistema de justicia en línea, tiene como finalidad el atender y resolver los asuntos que se someten ante la competencia de la Sala Superior del TEPJF en los recursos de reconsideración y de revisión del procedimiento especial sancionador; con lo cual se habilita una herramienta imprescindible para seguir ejerciendo la función jurisdiccional y prestar todos los servicios judiciales que exige la ciudadanía para hacer valer sus derechos político electorales.

Desde el primer momento el TEPJF implementó medidas prontas y eficaces para hacer frente a la crisis sanitaria y continuar con la función jurisdiccional dentro de las posibilidades que así lo permitieron, para lo cual habilitó el uso de las tecnologías de la información para dicho propósito: 1) Mediante acuerdo del 16 de marzo pasado, se suspendieron sesiones públicas y se adoptaron las medidas sanitarias correspondientes; para lo cual se privilegiaron las notificaciones electrónicas y por estrados; por acuerdo general 2/2020, se estableció la posibilidad de discutir y votar los proyectos de resolución a través de correo electrónico; mediante el acuerdo general 3/2020 se habilitó la implementación de la firma electrónica (FIREL) en las actuaciones judiciales del tribunal; y finalmente por acuerdo general 4/2020 se emitieron los lineamientos para la resolución de los medios de impugnación a través de videoconferencias.

Ahora bien, a través del Acuerdo General 5/2020, el TEPJF cumple con los estándares internacionales establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en cuanto a garantizar el derecho de todas las personas de tener acceso a un recurso efectivo, el cual debe ser sencillo y rápido, por lo que todos los Estados deben desarrollar las posibilidades de un recurso judicial que ampare a las personas contra actos que violen sus derechos fundamentales.

La finalidad de la implementación del Juicio en Línea en Materia Electoral es generar una alternativa para la interposición de los medios de impugnación ya existentes, que garantice la tutela judicial efectiva, favoreciendo en todo tiempo a las personas con la protección más amplia de los derechos de los justiciables; para lo cual el estado tiene la obligación de tomar todas las medidas necesarias para remover obstáculos que puedan existir para que la ciudadanía tenga acceso a la justicia, de optimizar su impartición, modernizarla y hacerla accesible para todos y todas de forma más expedita, se considera necesario utilizar las tecnologías de la información que se encuentran actualmente a disposición de las y los mexicanos, para implementar la citada herramienta digital.

Así, de conformidad con el citado acuerdo, el juicio en línea se trata de una vía optativa de interposición para las y los recurrentes y de tramitación obligatoria para las Salas del TEPJF, que permitirá la interposición remota de los recursos y la presentación de promociones mediante el ingreso al portal las veinticuatro horas del día; por lo que la consulta del expediente electrónico, cuyas constancias serán inalterables, también será remota y podrá realizarse en cualquier momento, lo que pretende generar, además, ahorro de recursos económicos a las y los justiciables y desmaterialización mediante la reducción del uso de papel, sobre todo en los actos de autoridad.

Con la implementación del juicio electoral en línea se cumple con la exigencia de garantizar los derechos y principios constitucionales contando con herramientas electrónicas idóneas para cumplir con el derecho de acceso a la justicia a través de un recurso rápido y sencillo, y a su vez, se resguarda el derecho a la salud de la ciudadanía ante la coyuntura de la pandemia.

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Jorge Sánchez Morales

Magistrado Presidente de la SRG del TEPJF; Dr. en Derecho; Autor del Libro Reelección Legislativa y de Ayuntamientos; Observador Electoral Internacional; Consejero IFE; Presidente IEE Puebla. Magistrado TEEP; Master Universidad Toledo, España