El estigma de las armas de fuego

  • Ernesto Villanueva
Una farsa que no resiste el menor análisis.

Ernesto Villanueva

El secretario de seguridad y protección ciudadana, Alfonso Durazo, ha reconocido públicamente que el cargo que tiene es ajeno a sus habilidades cognitivas. La sociedad no quiere saber explicaciones de por qué no se pueden hacer las cosas, sino de cómo y cuándo se van a ver resultados concretos en una de las materias más sensibles para la sociedad: la seguridad pública. México ha tenido una ley y una política restrictiva e inconstitucional sobre la portación de armas de fuego. Se justifica, en los hechos, que los delincuentes de cualquier tipo puedan y sepan cómo usar armas de fuego para afectar la vida, la integridad y el patrimonio de las personas de a pie. Paradójicamente, el ciudadano promedio vive con una doble amenaza: Por un lado, la relativa a la internalización de la política mediática auspiciada por el Estado tradicionalmente- y comprada por muchos medios- que asocian las armas de fuego con lo negativo, con fuerzas “sobrenaturales” que sin datos empíricos se “apoderan de la mente y el cuerpo de quien las usa”. Es, por supuesto, una farsa que no resiste el menor análisis. Por otra parte, la restricción de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y sus reglamentos y acuerdos generan un escenario ideal para la comisión de delitos y deja a las personas ajenas a las organizaciones del crimen organizado o no, en un estado de indefensión. El mundo al revés. Muy pocos de quienes tienen armas de fuego las registran (para efectos de posesión lo que es relativamente fácil) por su falta de confianza en las autoridades y no se diga la portación cuyos requisitos para adquirir el permiso de la SEDENA es toda una odisea porque su interpretación es ajena por entero a lo dispuesto por el artículo 1º, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, habida cuenta que la posesión y la portación de armas de fuego es un derecho fundamental previsto en el artículo 10 constitucional; es decir, tiene mayor protección que si se tratara de un derecho humano porque encuentra sustento expreso en la Constitución. Los argumentos que explican que sólo quienes son parte del crimen pueden portar y usar armas de fuego y los ciudadanos deben esperar a que las autoridades los protejan son irrisorias. Hay quienes dicen que los mexicanos carecen de educación y pueden asesinarse entre sí. ¿Alguien podría afirmar que el habitante de Estados Unidos de 1791, cuando se aprobó la segunda enmienda de la Constitución americana que protege el derecho de poseer y portar armas de fuego, tenía mayores índices educativos que los mexicanos del 2019? Existen, ni duda, cabe casos de privación masiva de la vida o afectación de la integridad por el uso de la portación de armas de fuego, pero sólo porque son excepción son nota periodística, el tratamiento a quienes mueren atropellados, en una alberca, por alimentos para infantes carecen de la misma jerarquía informativa en los medios por la simple y sencilla razón de que no son noticia, porque suceden en todo el territorio y todos los días. En mi obra El derecho armarse. Lo que todo lo que mexicano debe saber sobre la posesión y portación legales de armas de fuego. Proceso ediciones. 2017 explicó con preguntas y respuestas debidamente documentadas lo que hay que saber sobre el tema. Y ojo, es un derecho, no una obligación, razón por la cual quien quiera ejercerlo que lo haga, pero lo que es inconstitucional es que alguien impida que otra persona ejerza un derecho fundamental. Lo que la sociedad no haga para defenderse jamás lo hará, por desgracia, alguien más.

@evillanuevamx

ernestovillanueva@hushmail.com

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Ernesto Villanueva

Investigador Tit C IIJ UNAM, SNI III, columnista Proceso, SDPnoticias, OEM y Contra Réplica

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