Plazas automáticas

  • Gustavo Santín Nieto
El crecimiento poblacional demandaba una cantidad creciente de personal docente.

Cartas a Gracia

 

El ambiente que circunscribe a la aprobación de las leyes secundarias se encuentra caldeado Gracia; por un lado, la bancada del presidente que impone su franca mayoría en la Cámara de Diputados y aprueba la Ley General del Sistema de Carrera de Maestras y Maestros (LGSCMM), a pesar de las contradicciones evidentes entre la segunda parte del Artículo 35 del ordenamiento en cuestión y los párrafos séptimo y octavo del Artículo 3º de la Constitución; de igual manera, las que el Artículo 35 tiene con el 39 de la misma norma secundaria y por otro, la de quienes en la diputación federal conforman el bloque opositor que amenaza con judicializar un proceso que considera viciado de origen y al que califican de inconstitucional. 

A reserva de que tú y tus compañeras y compañeros emitan su opinión sobre el particular y de que pudiesen -o no- coincidir con las de cientos de miles de beneficiados con una plaza docente, lo mismo que con la opinión positiva de los más de 30 mil suspirantes anuales al servicio público. Recupero las tres líneas que escribí en la carta que te enviara el lunes 17 de los corrientes, en las que se sintetizan los párrafos 7º y 8º a los que aludo y que a la letra señalan: “la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función docente, directiva o de supervisión, se realizará a través de procesos de selección a los que concurran los aspirantes en igualdad de condiciones”; renglones que darían origen al Artículo 39 de la sección primera (De la admisión en educación básica) delcapítulo II(De la admisión y promoción en educación básica)de la LGSCMM, en el que textualmente se establece que: “La admisión al servicio de educación básica que imparta el Estado se realizará mediante procesos anuales de selección, a los que concurran los aspirantes en igualdad de condiciones, los cuales serán públicos, transparentes, equitativos e imparciales”. Ambos pronunciamientos negados por la disposición decretada en el capítulo I (De las disposiciones aplicables a la admisión […]) del Título IV (De la admisión y promoción) del Artículo 35 que vincula el ingreso a las escuelas normales con procesos de planeación, y que dispone que: “Una vez definida la demanda futura por región, se asignarán las plazas a los egresados de las escuelas normales públicas, de la Universidad Pedagógica Nacional y de los Centros de Actualización del Magisterio, de conformidad a las estructuras ocupacionales autorizadas en términos de esta ley”; cuestión que niega la Diputada Adela Piña, Presidenta de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados en entrevista con Carmen Aristegui. 

Hasta ahí lo que señalan los textos al respecto Gracia. Un mandato inferior que se opone a una norma de la misma categoría y a otra superior, y que por su redacción daría origen a controversias entre quienes de ahora en adelante se sienten con plenos derechos y los que lo consideran violatorio a los suyos por estar vinculados también a la docencia, al egresar de las escuelas normales particulares incorporadas a las Secretarías de Educación Pública (federal o estatal) sujetas a planes y programas oficiales o, por egresados de facultades de Psicología cursando estudios en un área terminal vinculada a la educación o, de quienes estudiaran Pedagogía, Letras Españolas o Inglesas, Literatura y otras afines en universidades públicas, como sería el caso de quienes asistieran a la Universidad Nacional Autónoma de México, la Universidad Autónoma Metropolitana y la Universidad de Guadalajara, por mencionar solo a algunas de las que gozan de autonomía para definir sus planes y programas. Tras ser apaleados por una norma que enfrenta a quienes, de acuerdo a la Constitución deberían ser iguales ante la ley, son excluidos de procesos de selección de personal que por definición debieran ser “públicos, transparentes, equitativos e imparciales” para favorecer solo a los egresados de normales públicas, UPNs y CAMs mediante la asignación directa; son discriminados por su origen al ser egresados de IES autónomas o particulares aunque estudiaran disciplinas similares y/o fueran normalistas marginados, por carecer de alguien que los apadrinara cuando quisieron ingresar a una escuela normal pública.

Tan luego que la asignación directa de plazas para los egresados se establezca previa aprobación de la LGSCMM en el Senado y de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, las autoridades educativas se enfrentarían a diversos problemas de operación y tendrían que resolver algunas inquietudes que les rondarían por la cabeza, que deberán responder previa incorporación de los beneficiarios al ejercicio del ciclo escolar 2020-2021. ¿Cuantos de quienes demanden ingreso al servicio docente podrán ser aceptados? ¿Los que se requieran por las plazas registradas en el Sistema Transparente de Plazas Vacantes o a los que imponga la presión de las organizaciones sindicales? ¿Y, si la presión se agiganta y por razones de gobernabilidad debiesen aceptar a más de los indispensables, contarían con un techo presupuestal suficiente para incorporarlos? ¿Qué criterios tendrían que aplicarse para la asignación de los centros de trabajo? ¿Se obedecería a los académicos establecidos en la LGSCMM o, a los deriven de la influencia que desplegarían padrinos o madrinas con que se contara el suspirante? y, ¿Si para no recurrir ni a Chana ni a Juana, las plazas se asignaran mediante un sorteo o una tómbola pública, transparente, que callase la boca de los maledicentes que señalan que la intervención de los organismos tripartitos garantizaría a las organizaciones sindicales un suculento botín que se traduciría a pesos y centavos? Menudo conflicto generado por una añeja petición -plaza automática- que se justificaba cuando el crecimiento poblacional demandaba una cantidad creciente de personal docente, cuestión que se ha invertido.

Opinion para Interiores: 

Anteriores

Gustavo Santín Nieto

Poblano por elección. Profesor Educación Primaria, licenciatura en Economía UNAM y Maestro en Administración Pública INAP Puebla. Asesor de SEP en varios estados. Miembro SNTE. Dirige IUP y Coordina la AUIEMSS