Luchemos contra la corrupción

  • Fernando Manzanilla Prieto
Todos los sectores debemos involucrarnos.

En muchas ocasiones hemos abordado desde distintas perspectivas uno de los peores males del país, la corrupción, esta vez les comparto un análisis sobre ciertas leyes promulgadas para combatirla.

El día 17 de octubre de 2012 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita la cual tiene por objeto proteger el sistema financiero y la economía nacional.

Este marco jurídico permite ubicar actividades vulnerables, recabar información, pero también dar aviso a la autoridad en las tareas de prevenir y detectar operaciones que involucren recursos obtenidos de manera ilegal.

Algunas de las actividades consideradas como vulnerables, de acuerdo al artículo 17 de dicha Ley, son las vinculadas a la práctica de juegos con apuestas, concursos o sorteos que realicen organismos descentralizados, la prestación habitual o profesional de servicios de construcción, o desarrollo de bienes inmuebles, la comercialización o intermediación habitual o profesional de metales preciosos, la subasta o comercialización de obras de arte.

Detectadas las actividades, en un primer lugar, se deben obtener datos relevantes de los clientes, a fin de identificarlos y, en segundo lugar, la información deberá entregarse a la autoridad en la materia para ser analizada y en su caso determinar la procedencia de los fondos utilizados para la realización de dicha actividad.

En diciembre de 2018 se publicó la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, dicha Ley prevé el ejercicio de un programa de autorregularización con el objeto de que aquellas personas que realizaron actividades vulnerables regularicen su situación y, en su caso, den aviso a la autoridad.

Debido a que la autoridad ha detectado que existe incumplimiento con la obligación de recabar información y dar aviso para que esta última pueda detectar sujetos que realizan operaciones ilícitas, el 16 de abril de 2019 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto que contiene las Disposiciones de Carácter General que Regulan los Programas de Autorregularización, las cuales establecen los requisitos necesarios para llevar a cabo la adhesión al Programa.

Las disposiciones tienen como fin que las personas que han incumplido en las obligaciones antes descritas presenten dicha información, perdonándolos de cualquier sanción o multa que pudieran haber generado por el incumplimiento.

Lo anterior es claro y necesario, debido a que el propósito de esta norma no es sancionar a las personas, sino el combate a las operaciones con recursos de procedencia ilícita, es decir, tiene como objetivo específico el combate y la detección de la corrupción, alineado con uno de los principales intereses nacionales.

El combate a la corrupción no puede ser tarea exclusiva del gobierno, todos los sectores debemos involucrarnos, denunciarlos.

En conclusión, debemos seguir implementado medidas para combatirla en cualquiera de sus expresiones y conductas.

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Fernando Manzanilla Prieto

Soy Fernando Manzanilla Prieto, desde hace 20 años la vida me ha dado el privilegio de servir a las familias poblanas. Mi mayor anhelo es que a mí Estado le vaya bien.