#FuerzaMéxico, Perspectiva jurídica a la propiedad inmobiliaria tras los sismos

  • Norma Estela Pimentel
De contar con un seguro, el ciudadano podrá solicitar la intervención ante el siniestro

En razón a los daños causados por los sismos presentados en diversas Entidades, como Puebla, Morelos, Guerrero, Oaxaca, Chiapas y Ciudad de México, donde además de las sensibles pérdidas humanas y daños físicos, se han generado afectaciones de bienes inmuebles, por lo que considero necesario hacer un sencillo análisis jurídico, que sirva de orientación a los ciudadanos que hayan sufrido un deterioro o menoscabo de su patrimonio familiar, enfocado en lo específico al régimen de propiedad en condominio, caso puntual para quienes son dueños de departamentos o de casas dentro de fraccionamientos.

Antes de referirnos a este régimen en lo particular es necesario tomar en cuenta que para poder realizar cualquier tipo de reclamación de contrato, seguro o en su caso, para recibir los beneficios del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), es necesario acreditar la legítima propiedad del bien inmueble, por lo que el ciudadano que se encuentre ante la pérdida total de su bien y en consecuencia de la documentación que acredite su propiedad, se recomienda acudir al Registro Público de la Propiedad o bien al Archivo General de Notarias si la operación de compra-venta ocurrió con más de diez años, mientras que si se trata tiene menos años la operación, se podrá acudir ante la Notaria donde se realizó para obtener una copia de la escrituración de su bien inmueble.

Los dictámenes técnicos levantados por las unidades de Protección Civil (estatales o municipales) son necesarios para identificar los daños estructurales graves, por la vía directa del contrato de compra-venta celebrado podría hacer efectiva la garantía por la vía civil, para la reparación del daño o el pago de indemnización, si aún se encuentra dentro del plazo de 1 año. También para acreditar la pérdida total para el caso de aquellas propiedades que cuenten con seguro vigente y cobertura por dicha causa.

En el supuesto específico del régimen de propiedad en condominio, su concepto y regulación, se encuentra apegada a la Ley que Regula el Régimen en Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla, aspecto que tiene algunas variaciones dependiendo la Entidad en la que se encuentre el inmueble. El artículo 3° de la Ley en mención indica que “Se considera régimen de propiedad en condominio, aquél que se constituye sobre bienes inmuebles que en razón de sus características físicas, permite a sus titulares tanto el aprovechamiento exclusivo de áreas o construcciones privativas (casa o departamento), como el aprovechamiento común de las áreas o construcción que no admiten división (áreas verdes, estacionamientos, calles internas dentro del fraccionamiento), confiriendo a cada condómino un derecho de propiedad exclusivo sobre la unidad privativa, así como un derecho de copropiedad con los demás condóminos, respecto de las áreas o instalaciones comunes”

Cabe hacer mención, que en el caso de departamentos o viviendas adquiridas por la vía de  INFONAVIT o FOVISSSTE, dichas instituciones condicionan el acceso al crédito y obtención del bien a la contratación de seguros, por lo que es elemental revisar las pólizas para identificar que se cuente con cobertura para “Terremotos y otros riesgos catastróficos” a la propiedad, su edificación y contenido.

De contar con un seguro contratado con póliza vigente y cobertura máxima de eventualidad y bienes, el Ciudadano podrá solicitar a su compañía la intervención para el cumplimiento ante el siniestro, previo pago del deducible acordado; la Comisión Nacional para Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) será la vía por la que se podrá reclamar aquellos casos en que se incumplan los términos del contrato de seguro o de la póliza. Desafortunamente, de acuerdo a datos proporcionados por la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), solo el 4% del total de los bienes inmuebles cuentan con esta protección.

Con el objetivo de asesorar jurídicamente a quienes se han visto afectados por estos sismos, la Barra Mexicana Colegio de Abogados, en conjunto con Applessed México, ha puesto en marcha brigadas jurídicas para asesorar de manera gratuita a quienes requieran apoyo legal para resolver sus dudas o iniciar acciones jurídicas. Pueden ingresar de manera directa en el sitio http://www.applesseedmexico.org/apoyojuridico-sismo/ o a los teléfonos 5525590431, 5523006792. La comunidad jurídica estamos para brindar apoyo.

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Norma Estela Pimentel

Abogada certificada por la Barra Mexicana de Abogados. Autora del e-book “Marco jurídico de las comunicaciones”. Speaker Tedx BUAP Wowen 2019. Impartió seminarios y diplomados con perspectiva de género