MORENA es el partido con un vertiginoso crecimiento

  • José Pascual Urbano Carreto
Lo que marcan los estatutos. Primero coordinadores. Luego las encuestas. Los seleccionados.

Desde que se dio a conocer en los sondeos de opinión que el partido de AMLO se mantiene como puntero, el conjunto de fuerzas políticas ha tratado de neutralizar las tendencias que ya lo dan como exitoso para el proceso electoral del 2018.

En este proceso se deberán elegir a miles de autoridades ejecutivas y legislativas, a un Presidente de la República, 9 gobernadores, a 128 Senadores de la República, a 500 diputados federales y a 2 mil 688 cargos de elección popular en las entidades federativas, entre diputados locales y gobiernos municipales. En total se elegirán a 3 mil 526 cargos de elección popular.

 Lo que está en juego es muy importante para el país y, por supuesto, para las distintas fuerzas políticas, agrupadas en partidos políticos en organizaciones sociales de todo tipo. La expectativa de triunfo de una fuerza emergente tiene a la clase política en el poder muy ocupada, y una franja muy importante de ella ha decidido aplicarse para cambiar esas tendencias, en tanto otra franja de esa clase política ya se está alineando por la nueva alternativa de gobierno. En ese contexto es que se da una fuerte campaña de erosión en contra de los avances de MORENA.

Ya se inició el  proceso de selección de los posibles abanderados del partido MORENA y una primera etapa, de acuerdo al estatuto y los acuerdos de la dirección nacional, de que se deben definir a los coordinadores electorales distritales, municipales, estatales y nacionales para preparar los eventos en los que se deberán elegir a los probables abanderados del partido MORENA, ellos serán elegidos por los consejos de dirección correspondiente. En el caso de la Ciudad de México ya se seleccionaron los precandidatos a la coordinación electoral estatal y el jueves próximo se conocerá, de acuerdo a los resultados de la encuesta, quién fungirá como coordinador electoral estatal para preparar la asamblea estatal en la que, de acuerdo al estatuto, se elegirán al menos cuatro precandidatos para que participen en la consulta que hará la encuestadora del partido y el mejor posicionado será el candidato a gobernador de la ciudad de México (1). Ese es el mecanismo. En los medios se ha manejado que el proceso  en la etapa que va, ya está  por definir al candidato. En mi opinión, no es así, lo que considero inexacto es pretender obviar que aún falta organizar la asamblea electoral estatal con los delegados nombrados en las asambleas electorales municipales y distritales, y en ese proceso es posible que el coordinador estatal tenga ventaja para incidir en la definición de los integrantes de la asamblea para la nominación de los sujetos de la encuesta, pero recordemos que el coordinador estatal no puede ser juez y parte. Es posible que el coordinador electoral quede eliminado de la precandidatura y, por supuesto, de ser considerado como candidato, salvo que renuncie a la citada coordinación electoral, son cuatro los aspirantes al Cargo a saber: Claudia Sheibaum, Ricardo Monreal, Martin Batres y Mario Delgado.  De la encuesta saldrá el coordinador electoral estatal de la ciudad de México, no el candidato a gobernador de la citada ciudad.

En la Ciudad de México tendremos una muestra de lo que es en realidad el procedimiento de selección de los miembros de la estructura electoral y de la selección de los abanderados del partido MORENA. Salvo que exista algún acuerdo que haya modificado el estatuto del partido en lo que corresponde a los procedimientos para seleccionar sus candidatos, la facultad para realizar un cambio en este documento básico es exclusivamente del congreso nacional.

En el Estado de Puebla, en el consejo Político estatal de MORENA, ya se eligió una terna  de protagonistas del cambio verdadero como precandidatos al cargo de coordinador electoral para el Estado de Puebla, en esa sesión fueron nominados: el diputado federal Rodrigo Abdala, el abogado Abelardo Cuellar y Alonso Aco Cortés, solo  faltaría  conocer a los que la comisión nacional de elecciones propone para que formen parte del conjunto que se sujetará al sondeo de opinión o encuesta que el partido, por medio de su encuestadora, deberá realizar para dar a conocer el nombre del o la  coordinadora estatal electoral.

 Al igual que ya sucedió en la Ciudad de México, en mi opinión en la responsabilidad del nombrado estará organizar los eventos electorales de todo el estado, pero de manera sustancial deberá asegurar la exitosa realización de la asamblea electoral estatal y del proceso de nombramiento del cuarteto de propuestas para que, junto con los propuestos por la comisión nacional de elecciones, se sometan a la encuesta correspondiente  y, como dice el Estatuto, el mejor posicionado sea declarado candidato a gobernador del estado de Puebla.

Lo anterior considero corresponde con la dinámica del partido dirigido por AMLO, lo que es un poco extraño es que los miembros de la dirección del partido, a nivel  nacional y estatal, no estén formulando las aclaraciones pertinentes. Para lograr que la ciudanía identifique que el método de selección de candidatos es muy distinto al de los partidos tradicionales, y que de ningún modo puede considerarse como un mero ardid para cubrir una decisión autoritaria. Considero que bien llevado el asunto es un método  tan democrático como los demás, que también son legítimamente plurales e incluyentes. Sin dejar de considerar que en estos procesos algunos logran concretar sus aspiraciones y otros tendrán que esperar otro momento. 

Nota (1)

Estatutos vigentes de MORENA…  Artículo 44°. La selección de candidatos de MORENA a cargos de representación popular, tanto en el ámbito federal como en el local, se realizará en todos los casos, sobre las siguientes bases y principios:

a. La decisión final de las candidaturas de Morena resultará de la utilización armónica de los métodos de elección, insaculación y encuesta de acuerdo a lo señalado en este apartado.

b. Del total de candidaturas regidas por el principio de representación uninominal, se destinará hasta el 50% de las mismas a personalidades externas.

c. Las listas de candidaturas por el principio de representación proporcional incluirán un 33% de externos que ocuparán la tercera fórmula de cada tres lugares.

d. Las candidaturas externas serán presentadas por la Comisión Nacional de Elecciones al Consejo Nacional de Morena para su aprobación final.

e. Las candidaturas de Morena correspondientes a sus propios afiliados, y regidas bajo el principio de representación proporcional, se seleccionarán de acuerdo al método de insaculación. Para tal efecto, previamente se realizarán Asambleas Electorales Distritales simultáneas en todos los distritos electorales del país, o de la entidad federativa si se trata de comicios locales, a las que serán convocados todos los afiliados a MORENA a través de notificaciones domiciliarias y de la publicación del día, hora y lugar de cada reunión en un diario de circulación nacional, con por lo menos 30 días de anticipación.

 f. Los afiliados a MORENA elegirán en la asamblea distrital que les corresponda hasta diez propuestas (cinco hombres y cinco mujeres) por voto universal, directo y secreto. Cada afiliado podrá votar por

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un hombre y una mujer. Los cinco hombres y cinco mujeres que tengan más votos participarán, junto con los diez electos en cada uno de los demás distritos -de la circunscripción, en el caso federal, y de la misma entidad, en el caso local, en el proceso de insaculación.

 g. La Comisión Nacional de Elecciones, en presencia del Comité Ejecutivo Nacional, la Mesa Directiva del Consejo Nacional y la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, realizará el proceso de insaculación frente al conjunto de afiliados propuestos por las asambleas distritales.

 h. El proceso de insaculación se realizará, en el caso federal, por cada circunscripción, y en el caso local, por entidad federativa. Cada precandidato que resulte insaculado se ubicará secuencialmente en orden de prelación de la lista correspondiente. El primero que salga insaculado ocupará el primer lugar disponible y así sucesivamente hasta completarla. A efecto de cumplir lo que marca la Ley en materia de equidad de géneros en la asignación de las candidaturas, se procederá a realizar por separado la insaculación de hombres y mujeres; y una vez terminada dicha insaculación se intercalarán los resultados para que por cada dos lugares uno sea para una mujer y otro para un hombre o viceversa.

 i. Para efectos del presente, se entiende por insaculación la acción de extraer de una bolsa, una esfera o una urna nombres o números al azar para realizar un sorteo.

 j. Las convocatorias a los procesos de selección de candidatos de MORENA serán emitidas por el Comité Ejecutivo Nacional a propuesta de la Comisión Nacional de Elecciones.

 k. Asimismo, la Asamblea Distrital Electoral de MORENA podrá elegir - también por voto universal, directo y secreto- hasta cuatro afiliados para participar en la encuesta que se realizará a fin de determinar las candidaturas uninominales, mismas que corresponderán a quienes se encuentren mejor posicionados. Cada asistente a la Asamblea podrá votar por una persona.

 l. Un año antes de la jornada electoral se determinará por el método de insaculación qué distritos serán destinados a candidaturas externas y cuáles serán asignados para afiliados del partido. En ambos casos, a través de encuestas se determinará quienes serán los candidatos. Dichas encuestas se realizarán en el momento que marque la Ley.

 m. En los distritos designados para candidaturas de afiliados de MORENA, se realizará una encuesta entre las propuestas elegidas en la Asamblea Distrital Electoral, resultando candidato el mejor posicionado. En los distritos destinados a externos será candidato el que resulte mejor posicionado en una encuesta en la que participarán cuatro personalidades seleccionadas por la Comisión Nacional de Elecciones entre aquellas que acudan a ésta a inscribirse para tal efecto.

 n. No obstante lo anterior, a juicio de la Comisión Nacional de Elecciones y por solicitud expresa del aspirante, en los distritos seleccionados para candidatos externos podrán participar afiliados a MORENA, y entre los destinados para afiliados del partido podrán participar externos, cuando la propia Comisión presuma que estos se encuentran mejor posicionados o que su inclusión en dicho distrito potenciará adecuadamente la estrategia territorial del partido. En estos supuestos, el candidato será aquel que tenga el mejor posicionamiento, sin importar si es externo en un distrito asignado para candidato afiliado, o afiliado del partido en un distrito destinado para candidato externo.

o. La selección de candidatos de MORENA a presidente municipal, gobernador y presidente de la República se regirá por las mismas bases utilizadas para seleccionar candidatos a diputados por el principio de representación uninominal, a través de las respectivas asambleas electorales municipales, estatales y nacional para elegir las propuestas, entre las cuales se decidirá por encuesta al candidato. En el caso de los cabildos municipales compuestos por el principio de representación proporcional se aplicará el método de insaculación ya descrito para los candidatos a diputados por el mismo principio.

 p. Las instancias para definir las precandidaturas de MORENA en los diversos procesos electorales son: 1. Asamblea Municipal o Delegacional Electoral 2. Asamblea Distrital Electoral 3. Asamblea Estatal Electoral 4. Asamblea Nacional Electoral 5. Comisión Nacional de Elecciones

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q. Tanto las Asambleas Municipales Electorales como las Asambleas Distritales Electorales estarán abiertas a la participación de todos los afiliados en dichas demarcaciones. Las Asambleas Estatales y la Asamblea Nacional se compondrán por delegados electos en las Asambleas Municipales y Distritales, respectivamente. La Asamblea Nacional se compondrá de al menos 500 y no más de 2500 delegados, su funcionamiento estará precisado en el reglamento correspondiente y seguirá las reglas establecidas en este Estatuto para el caso de las asambleas distritales. Las bases específicas y el quórum de todas estas Asambleas Electorales se determinarán en las convocatorias correspondientes.

 r. En el caso de procesos electorales federales y locales concurrentes, las asambleas de los distritos federales se realizarán en un día distinto a las asambleas de distritos locales, y éstas en un día diferente a las asambleas municipales electorales.

 s. La realización de las encuestas a las que alude este apartado electoral del Estatuto de MORENA estará a cargo de una comisión integrada por tres técnicos especialistas de inobjetable honestidad y trayectoria elegidos por el Consejo Nacional, sin necesidad de pertenecer a este. El resultado de sus sondeos, análisis y dictámenes tendrá un carácter inapelable.

 t. En caso de que haya una sola propuesta para alguna de las candidaturas se considerará como única y definitiva.

 u. Para garantizar la representación equitativa de géneros que señala la Ley para las candidaturas, se harán los ajustes correspondientes por parte de la Comisión Nacional de Elecciones, mismos que respetarán el orden de prelación y de posicionamiento que se derive de las insaculaciones y las encuestas. La asignación definitiva de las candidaturas a cada género será presentada al Consejo Nacional para su aprobación final.

 v. La Comisión Nacional de Elecciones designará Comisiones Estatales de Elecciones para coadyuvar y auxiliar en las tareas referentes a los procesos de selección de candidatos en cada entidad.

 w. Los aspectos y situaciones relacionados con la selección de candidaturas de MORENA no previstos o no contemplados en el presente Estatuto serán resueltos por la Comisión Nacional de Elecciones y el Comité Ejecutivo Nacional de acuerdo con sus atribuciones respectivas.

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José Pascual Urbano Carreto

Licenciado en Economía (BUAP) con estudios de Maestría y Doctorado en Economía (UNAM). Diplomado en Comercio Exterior (UDLAP). Docente en la BUAP. Secretario de Relaciones Exteriores del STAUAP y secretario General del SUNTUAP. Coordinador Administrativo del HU (BUAP). Miembro del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla.