Hacia una nueva cultura de tránsito y vialidad en Puebla

  • Nicéforo Rodríguez Gaytán
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Aristóteles en su obra la Política, definía al ciudadano en función de su participación en la justicia y el gobierno, se consideraba ciudadanos a quienes eran miembros activos de la comunidad política, participaban en los cargos, podían gobernar y ser gobernados. Bajo este contexto el gobernante era considerado como un hombre pleno de virtudes, el que daba órdenes, cuyos fines eran elevados y no particulares, por ello se justificaba que dichas órdenes tuvieran que cumplirse, pero de manera coordinada con los gobernados.

En materia de tránsito y seguridad vial municipal según diagnóstico realizado por el ayuntamiento de Puebla el 80% de la población utiliza transporte público, en el 2013 ocurrieron 7,000 accidentes, existen más de 500 mil vehículos en Puebla y se registra un 75% de gases contaminantes.

Con fundamento en estas cifras y en ejercicio de sus facultades, el pasado 29 de enero del año en curso, los integrantes de la Comisión de Movilidad Urbana del ayuntamiento del municipio de Puebla presentaron ante el Cabildo para su discusión y aprobación, el dictamen para modificar el Código reglamentario municipal (COREMUN) en  su capítulo 10 denominado: “Tránsito municipal, movilidad y seguridad vial” en dos rubros; el primero, concerniente a las reglas que deben observar los usuarios de la vía pública, peatones, personas con discapacidad, ciclistas, usuarios del transporte público, vehículos, transporte mercantil, condiciones mínimas de circulación para vehículos motorizados y no motorizados; y el segundo, referente a las competencias y facultades de las autoridades, procedimientos, faltas, medidas de seguridad, infracciones y sanciones, además del procedimiento de revisión que el infractor puede interponer en contra de los actos y resoluciones establecidas, para con base en esto, aprobar el nuevo reglamento de tránsito, movilidad y seguridad vial en el municipio de Puebla mismo que entrará en vigor a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, como lo establece el procedimiento jurídico.

En la propuesta se incluyó un tabulador con 144 infracciones y sanciones cuyo valor monetario oscila entre los 4 a los 100 días de salarios mínimos, es decir aproximadamente entre los $266 hasta $6,650 pesos. Entre algunas de las causales que llaman la atención que pueden generar una infracción, se encuentran:

 

 

Disposición

Multa

Costo aproximado

3

Ofender, insultar o denigrar a los agentes en el desempeño de sus funciones

Artículo 294 fracción XVI 

12 a 20 días

Mínima $798  máxima    $1,330

26

Increpar al peatón cuando le corresponda el derecho de preferencia

Artículo 258 fracción II 

2 a 4

días

mínima     $133

máxima   $ 266

29

Cruzar una intersección cuando los semáforos lo permitan pero no exista espacio suficiente para terminar de cruzarla y se bloquee el paso de personas o vehículos

Artículo

314 fracción VIII

8 a 12

  días

mínima     $ 532

máxima    $ 798

34

No disminuir la velocidad a 30

Km por hora en las calles del centro histórico, calles, locales, zonas escolares, de hospitales, parques, centros comerciales, de espectáculos y demás centro de reunión

Artículo

302 fracción III

12 a 20

  días

mínima     $ 798

máxima    $1,33º

112

Hacer paradas en lugares distintos a los señalados para tal efecto, así como

realizar las maniobras de ascenso o descenso de pasajeros, en carril distinto al de extrema derecha

Artículo

265 fracción IV

80 a 100 días

mínima     $ 5,320

máxima    $ 6,650

63

Ocasionar  atropellamiento de una persona.

Artículo 292

80 a 100 días

mínima    $5,320

máxima   $6,650

 

Podríamos continuar con el ejercicio para el total de las sanciones previstas, pero por cuestiones de espacio no es viable, no obstante entre otras infracciones previstas se identifican: transportar animales, bultos u otros objetos que obstaculicen el cumplimiento del servicio de transporte, realizar ruidos ofensivos con bocinas o claxon, actos en el transporte público que puedan ocasionar molestias a los pasajeros, tampoco una unidad puede permanecer por más de treinta minutos en vía pública aunque sea por reparación, alcoholímetro regulado en relación con la norma federal, paradas sólo en lugares señalados y en extrema derecha, entre muchas otras más.

Sin duda alguna, regular legalmente conductas humanas es una de las razones de ser de los gobiernos, pero también entiendo es una cuestión bastante compleja y que toda norma es perfectible,  pero aun así, como simple ciudadano me han surgido ciertas dudas, por ejemplo: ¿cuáles fueron los criterios que los regidores utilizaron para tipificar las infracciones y multas en cuestión?, ¿se tomaron en cuenta las diversidades sociodemográficas de las 17 juntas auxiliares, las actividades comerciales que se desarrollan en el municipio?, ¿la factibilidad y efectividad de implementación para que los ciudadanos del municipio conozcan, comprendan y respeten los nuevos ordenamientos de tránsito?. Y es que siguiendo en la reflexión, costará más ofender a los agentes de tránsito que increpar al peatón aunque éste tenga la preferencia. Claro que la tolerancia y el respeto son valores que coadyuvan a la sana convivencia de las sociedades, como lo enuncia la célebre frase del Benemérito de las Américas “el respeto al derecho ajeno es la paz”, pero insultar a un agente de tránsito es ¿un problema público que puede atentar contra la vida de los poblanos? no lo sé…puede ser…quizás  pero las autoridades municipales seguramente ya deben estar capacitando a estos funcionarios para que no cometan ningún acto de arbitrariedad y la responsabilidad recaiga totalmente en los ciudadanos…..En hora buena, ¡estamos caminando a la formación de una cultura de conocimiento y virtud en quienes ejercen el gobierno municipal.

En este caso, los ciudadanos como lo pensaba Aristóteles. para cumplir con las órdenes de los gobernantes, debemos participar activamente en la comunidad política, por eso estaremos obligados a conocer, memorizar o cuando menos, portar un ejemplar del nuevo reglamento de tránsito municipal para no ser objeto de sanción, por el pretexto de su desconocimiento. ¡El gobierno municipal está estimulando la participación ciudadana!....Con una gran ocurrencia….un folleto gratuito  de información.

No debemos interpretar que el nuevo reglamento aprobado por los regidores de las diferentes fuerzas políticas, sea una medida emergente para captar ingresos municipales en lo que los ciudadanos lo estudiamos y respetamos. Ni especulemos que su vigencia posterior al periodo de elecciones, se deba a que el partido político que gobierna el municipio, no asuma el costo electoral por el posible descontento que pueda generar esta norma municipal, pues grupos sociales ya están convocando a movilizaciones en días próximos…mientras  la autoridad municipal se promueve anunciando ….Puebla necesita más…

Mientras tanto estimado lector,  me atrevo a hacerle algunas sugerencias: si acostumbra hacer ruidos indebidos con el claxon, ya no lo haga, a los que transportan carga o animales en la central de abastos o juntas auxiliares periféricas por su actividad comercial empiecen a tomar medidas de reacción inmediata, trate que su vehículo no se descomponga y si ocurriera, tenga a la mano los datos de su mecánico de confianza, grúa o alguien que responda de inmediato, pero sobre todo, por ningún motivo se le ocurra ofender a un agente de tránsito municipal…también tienen derechos humanos.

En fin…de acuerdo a la picaresca política,  trabajemos coordinadamente por el bien común de nuestra comunidad, por tener una adecuada cultura de tránsito y vialidad, cumplamos las órdenes de las autoridades del municipio para garantizar la conservación de nuestras vidas, que fue una de las principales causas que motivaron el reglamento en cuestión….primero las personas y junto  las sanciones y multas…para el bien del ser humano.

 

nish76@hotmail.com

 

 

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Nicéforo Rodríguez Gaytán

Líder estudiantil. Miembro del PSUM, PMS, PRS y PRD. Estudió de nivel medio, superior y Posgrado en la BUAP. Doctor en Ciencias Políticas UNAM. Profesor investigador, Facultad de Derecho y C.S. BUAP