Oples

  • Víctor Reynoso
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Respecto a los OPLES (Organismos Públicos Locales en materia Electoral), que vienen a sustituir a los organismos electorales en los estados, hay tres cuestiones a considerar. Primera la doctrinaria, en torno al federalismo. Luego una problemática general, el surgimiento de poderes locales en nuestro país sin los balances y contrapesos adecuados. Finalmente el problema particular que se trató de resolver con la creación de estos organismos.

El primer problema me parece el más sencillo, aunque se ha prestado a confusiones porque se confunde al federalismo con una de sus dos dimensiones, la descentralización. El federalismo consiste en descentralizar facultades, en otorgarlas a los estados que la forman, de manera que tengan autonomía respecto a la autoridad federal. Pero también consiste en centralizar: hay facultades exclusivas de la federación. Sin descentralización no habría federalismo, sino una república centralista. Sin centralización tampoco habría una república federal, sino un conjunto de repúblicas autónomas. Un ejército federal, un banco central y una sola moneda para todo el país, son ejemplos de centralización que nadie discute. La organización de las elecciones locales sí es discutible. Puede centralizarse o dejarse a los estados.

Los legisladores que decidieron centralizar los procesos electorales locales partieron de una problemática sin duda real: los poderes políticos en las entidades mexicanas, en particular los gobernadores, han incrementado notablemente su poder pero sin que ello se acompañe de un sistema de balances y contrapesos. En el viejo régimen, el hegemónico, el Presidente de la República cumplía esa función, de manera discrecional pero real. Hoy no tenemos el sustituto formal para la rendición de cuentas de los poderes locales. Son muchos los casos de exgobernadores que han dado lugar a hechos escandalosos, pero la sanción para ellos ha sido solo la de la opinión pública. Incentivo insuficiente para evitar escándalos futuros.

De esa problemática real, se pasaba a un problema específico: el supuesto control de los gobernadores sobre los organismos electorales, o específicamente sobre sus consejeros. Los consejeros eran nombrados por el congreso local. Y casi siempre la composición del Consejo Electoral local reflejaba la del Congreso del estado: los partidos se repartían los consejeros por cuotas, según su porcentaje de votos. Algo similar a lo que sucedía en la federación, solo que a nivel local, a veces, se descuidaba la calidad de los consejeros, algunos de ellos de muy bajo perfil.

En algunos casos la situación cambió. Algunos gobernadores tuvieron la capacidad de controlar a sus congresos, diluyendo en buena medida las divisiones partidarias. Entonces el Consejo Electoral de la entidad reflejaba no tanto la composición partidaria del Congreso Local, sino los intereses del gobernador en turno.

Ese es el problema que se quiso resolver con la nueva legislación que crea a los OPLES. Ahora serán nombrados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, y podrán ser removidos por éste. Que además podrá “atraer” la organización de las elecciones locales.

Pero, aunque el diagnóstico fuera correcto, hay dos problemas con la solución. El primero es que se considera que controlar el Consejo Electoral es controlar la elección. Ciertamente los consejeros son la autoridad electoral y son quienes toman las decisiones. Pero esto no implica que controlen el proceso. Todo el tramo de la implementación electoral, a cargo de un ejército más o menos numeroso de empleados y funcionarios, puede escapar no solo de su control, sino incluso de su percepción: hay consejeros que “no ven ni oyen” cómo se organiza el proceso electoral.

Lo que tiene que ver con otro problema más de fondo: las redes clientelares que con favores o dinero pueden decidir el resultado de una elección. Aunque los consejeros de los OPLES sean personas con el perfil adecuado (imparciales y con conocimiento de la materia electoral) están desarmados contra esas redes clientelares.

El segundo problema se refiere a la famosa Regla de Oro: “el que pone el oro, pone la regla”. Con la nueva legislación los consejeros locales serán nombrados por el INE, pero el presupuesto de los OPLES dependerá de los gobiernos estatales. Es decir, serán financiados por aquellos a los que supuestamente deben controlar.

Como siempre, habrá que observar los efectos de esta reforma en la práctica. Pero es previsible que no será una reforma “definitiva”, y que deberá ser corregida por reformas posteriores.

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Víctor Reynoso

El profesor universitario en la Universidad de las Américas - Puebla. Es licenciado en sociología por la UNAM y doctor en Ciencia Social con especialidad en Sociología por El Colegio de México.