Seguridad Ciudadana

  • Rocío García Olmedo
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La Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer Belém Do Pará, afirma que “la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades”.

En México existe una política pública que aborda esta problemática, sin embargo, me parece que aún no cumple con los estándares internacionales, derivado de que no se ha querido reconocer, la necesidad de dar el contenido esencial de atender desde lo local esta problemática, derivado de los patrones culturales de dominación y control como forma de poder sobre las mujeres e invisibilizándola con el pretexto de los usos y costumbres de las regiones.

De manera que las repercusiones en la vida de las mujeres y en la sociedad de la violencia de género debiera hacerse visible desde la perspectiva de los derechos humanos, ya que no se trata de hechos aislados o de situaciones a las que se enfrentan determinadas mujeres; se está frente a un sistema que se sustenta precisamente en la desigualdad entre hombres y mujeres en México y en las relaciones de poder y dominio de los hombres sobre las mujeres.

Ya lo ha señalado el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), la violencia en contra de las mujeres “trasciende toda frontera relacionada con condiciones económicas, étnicas, culturales, de edad, territoriales, u otras y ha sido vivida en alguna de sus manifestaciones por toda mujer en algún momento de su vida” Su naturaleza universal la convierte en un patrón cultural que se aprende y se manifiesta en las relaciones humanas.

Y justamente por ello, me ha parecido muy interesante una propuesta que ha venido trabajando el Instituto Interamericano de Derechos Humanos que podría abonar, como una herramienta en la prevención de la violencia contra las mujeres la Seguridad Ciudadana.

Seguridad Ciudadana desde una perspectiva de derechos humanos, como una alternativa más y entendida en el contexto de una dimensión de seguridad humana, que implica la participación de diversos actores de la sociedad para su  efectividad (CIDH-OAS, 2009). En las lecturas que he realizado se habla que a medida de que la violencia es ejercida con mayor fuerza, al mismo tiempo se reduce la acción por parte del estado para prevenir, sancionar o eliminarla; de manera que surge como respuesta a este fenómeno, la seguridad ciudadana, que se asocia a la recuperación de instituciones democráticas, la defensa de los derechos humanos, el respeto y garantía por parte del Estado (Del Olmo, 2000:7)

Incluso, la Convención Interamericana de Derechos Humanos, ha señalado: “El concepto de seguridad que se manejaba antes se preocupaba únicamente por garantizar el orden como una expresión de la fuerza y supremacía del poder del Estado. Hoy en día, desde la perspectiva de los derechos humanos, cuando hablamos de seguridad no podemos limitarnos a la lucha contra la delincuencia, sino que estamos hablando de cómo crear un ambiente propicio y adecuado para la convivencia pacífica de las personas. Por ello, el concepto de seguridad debe poner mayor énfasis en el desarrollo de las labores de prevención y control de los factores que generan violencia e inseguridad, que en tareas meramente represivas o reactivas ante hechos consumados (CIDH-OAS, 2009:7-8).

La falta de seguridad ciudadana sin duda afecta a toda la población, sin embargo, las mujeres la viven y perciben de manera distinta a la de los hombres, derivado de sus roles y estereotipos de género; estas diferencias que se interconectan, también se dividen por su condición económica, étnica, edad, orientación sexual, entre otros (Ficha técnica seguridad ciudadana desde un enfoque de derechos humanos y género Comisión Interamericana de Mujeres).

Por lo general las instituciones perciben la violencia de manera generalizada, invisibilizando la que se ejerce hacia las mujeres, lo que se traduce en una debilidad institucional que permite la existencia y el crecimiento de la violencia hacia las mujeres y por ende, una falta de seguridad ciudadana hacia ellas. Todo ello refuerza la idea casi generalizada de que los hombres no tienen responsabilidad para la violencia contra las mujeres, lo que alimenta la cultura de la impunidad (Bunch, 2004:5)

Impunidad que se convierte en un elemento central, en el caso de  violencia en contra de las mujeres y que constituye un incumplimiento a las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos y propicia la repetición crónica de las violaciones de derechos humanos y la total indefensión de las víctimas y sus familiares (Corte IDH, Sentencia, 1998:173).

De manera que el enfoque de seguridad ciudadana de las mujeres desde la perspectiva de los derechos humanos y con un enfoque de género, permitiría avanzar en el ejercicio y goce de los derechos humanos y en la obligación del Estado de prevenir la violencia y con ello construir ciudades en donde se atiendan no sólo las necesidades básicas de las mujeres sino también la eliminación de toda forma de discriminación y violencia en su contra (Pérez, 20009:16).

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Rocío García Olmedo

Abogada, Notaria (BUAP) Maestra en Políticas Públicas y Género (FLACSO). Académica del ICJ. Regidora, Diputada local (2), Diputada Federal. Fundadora Asociación Mujeres Abogadas. Miembro de diversas organizaciones feministas.