La Reforma Educativa y sus consecuencias

  • María Teresa Galicia Cordero
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   “El fracaso educativo de México,

 no puede ser atribuido a sólo uno

 de sus actores; es decir, a los maestros.   

Al hacerlo, cometemos una injus­ticia.

Todos hemos fallado en la responsabilidad

que nos corres­ponde al dirigir la más relevante

de las actividades sociales.”

Gilberto Guevara Niebla

El 26 de febrero del 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el  decreto que reforma y adiciona diversas disposicio­nes de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El miércoles pasado, la Cámara de Diputados aprobó por mayoría en una sede alterna no discutir la iniciativa de Ley del Servicio Profesional Docente,  se iniciaron entonces  las protestas de  los profesores de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación CNTE.

Las reacciones son diversas,  buena parte de la población y los medios de comunicación  sitúan a los maestros en dos extremos, “un apostolado uniforme y siempre menestero­so y un ejército de simuladores y holgazanes” (Molinar, 2013), pero desconocen que los profesores no sólo planearon la movilización en las calles, habían ya realizado  un  intenso ejercicio  de análisis, discusión y propuestas. 

El rector Narro opinó aquí en Puebla,  que los maestros deben participar en la discusión sobre las leyes secundarias de la Reforma Educativa .Pocos saben  que  se realizaron diversos  foros entre el 31 de mayo y el 12 de julio de este año; de ellos emanaron propuestas  para ser integradas en la federal.

 En el momento de la aprobación de las leyes, los profesores de la CNTE  comprobaron que no se hizo gran cambio en las leyes que se dieron a conocer a inicios de este año. En palabras de Axel Didriksson : “porque el interés demostrado era parte de un escenario de oropel como para  burlarse de los que      ingenuamente contribuyeron a formular iniciativas dirigidas a la calidad o a la equidad de la educación del país”… “esto que parece  una burla, lo fue”. (Proceso No.1921).

 Al inicio de este ciclo escolar   muchos maestros, sobre todo de educación media superior,   estaban sorprendidos sobre ciertas disposiciones, que “antes”  no se manejaban en los planteles de su nivel. Desconocen que a partir de la modificación de puntos clave en la educación, como son los artículos tercero, setenta y tres constitucional, la modificación de  la Ley General de Educación y   la creación de  dos nuevos ordenamientos: el  del Instituto Nacional de Evaluación de la Educación INEE  y el del Servicio Profesional Docente, las disposiciones  cambiarán porque se incorpora explícitamente a la educación media superior  como parte de la educación básica.

Además, existe  incerti­dumbre entre los profesores acerca de su futuro laboral; Rodolfo Ramírez señala que: “la definición  formula­da en el artículo tercero constitucional puede tener  diferentes interpretacio­nes con respecto al alcance de las nuevas normas, particularmente a la luz del principio de no retroactividad en la aplicación de las leyes cuando implique perjuicio de las personas, lo que  se estipu­la en el artículo catorce  de la Constitución”.

Sabemos que la política educativa no  tiene mayor relevancia si no incide en la vida cotidiana de las escuelas,  en los aprendizajes de los alumnos y en la conformación de una sociedad reflexiva, crítica y propositiva.

Desde hace ya mucho tiempo, el problema del sistema de autoridad escolar en nuestro país, desde los niveles micro hasta los macro, no utiliza ni los criterios, ni los mecanismos idóneos para saber quién es quién de acuerdo a su desempeño profesional y si no se involucra  a los actores educativos en quienes recaerán las decisiones  plasmadas en estas leyes, la situación puede volverse sumamente compleja.

El Gobierno Federal, su titular de la SEP, el Congreso  de la Unión y la sociedad en general deben considerar que los docentes  son los profesionales de la edu­cación, y son ellos quienes deben definir lo que significa ser un maestro profesional. Su papel será relevante para proponer las maneras de reconocer a un maestro pro­fesional.

Sylvia Schmelkes ha expresado que  el propósito de la evaluación educativa es: “mejorar la calidad de la educación. El propósito de la evaluación del desempeño docente, en consecuen­cia, es mejorar la calidad de la práctica docente. Evaluar a un docente por resultados que no sólo dependen de su quehacer profesional resulta injusto y contraproducente”.

Actualmente en Carrera Magisterial, los resultados de los alumnos en la prueba ENLACE tienen un peso del 50% en los requisitos para obtener un ascenso; de ahí los “repasos” que se realizan antes de la aplicación definitiva, en donde se estudia para la prueba, con las  consecuencias negativas para otros aprendizajes.

La investigación educativa ha demostrado que las  posibilidades de que toda reforma logre sus finalidades depende de que se involucre  a los  actores del proceso  en la elaboración de criterios y en la definición y ejecu­ción de acciones. Si nada se ha hecho para que el personal docente, directivo y autoridades de los estados participen, ya no en la elaboración de la  legislación re­glamentaria, pero si en el debate y la propuesta  de las   acciones derivadas de ella, la reforma corre el riesgo de no  alcanzar sus objetivos.

En la ley del Servicio Profesional Docente están  los esquemas para el otorgamiento de plaza, la evaluación de los docentes, directivos y supervisores, el tipo de nombramiento que tendrán en un lapso determinado para ser inicial o definitivo. Cuando tengan  el “nombramiento definitivo”, docentes, directivos y supervisores serán sometidos cada 4 años a una evaluación, y de los resultados dependerá que mantengan su plaza, y los que  obtengan un nivel insuficiente en dicha evaluación contarán con dos oportunidades en periodo máximo de 2 años para superar sus “insuficiencias”. De no hacerlo, serán destituidos.

Si bien el INEE será el responsable de desarrollar lineamientos para la evaluación de los maestros; determinar los índices de desempeño mínimo para el ejercicio de docentes, directivos y supervisores de educación preescolar, primaria, secundaria y bachillerato; autorizar los estándares para su ingreso, promoción, permanencia y reconocimiento; vigilar la aplicación de las evaluaciones y supervisar que el resultado de éstas sea utilizado de manera correcta, existen muchas dudas y diversas interpretaciones .Por eso es indispensable que en las leyes reglamentarias, en espe­cial la del Servicio Profesional Docente, se acoten con precisión el alcance de sus disposiciones y no sea una decisión  basada en acuerdos o negociaciones entre partidos políticos.

El tema es mucho más complejo que  el reduccionismo con el que se está mirando la problemática educativa de nuestra nación. Como lo  expresa Pedro Flores: “la forma en cómo discutamos las iniciativas propuestas por el Ejecutivo, va a poner a prueba nuestra madurez política y democrática”, en un país donde buena parte  de la población prefiere el futbol.

Para mayor información y comentarios escribir a galiciat@gmail.com

Fuentes:

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María Teresa Galicia Cordero

Doctora en Educación. Consultora internacional en proyectos formativos, investigadora social, formadora de docentes e impulsora permanente de procesos de construcción de ciudadanía con organizaciones sociales. Diseñadora y asesora de cursos, talleres y diplomados presenciales y en línea. Articulista en diferentes medios.