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Ley 3 de 3 contra la violencia avanza en comisiones de Congreso Puebla

  • Anaid Piñas
Homologará los ordenamientos locales con las modificaciones constitucionales realizadas en el Congreso de la Unión
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El Congreso de Puebla pretende que las agresiones de las que han sido víctimas las mujeres que decidieron incursionar en la política ya no se repliquen en el futuro; además, se restringirá la participación política de violentadores y de deudores alimentarios, por lo cual, la Ley 3 de 3 contra la violencia avanza en comisiones.

Hoy, los integrantes de la comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales aprobaron por unanimidad reformar el Artículo 22 de la Constitución de Puebla para impulsar a nivel local la llamada Ley 3 de 3 contra la violencia.

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Esto homologará los ordenamientos locales con las modificaciones constitucionales realizadas en el Congreso de la Unión y las propuestas realizadas por la diputada petista Nora Merino Escamilla; así como por los diputados morenistas Daniela Mier Bañuelos, María Yolanda Gámez Mendoza, Carlos Alberto Evangelista Aniceto, Eliana Angélica Cervantes González, y José Iván Herrera Villagómez, integrantes del llamado G-5.

Por lo anterior, se suspende el derecho de ocupar un cargo público a las personas que tengan una sentencia firme por violencia familiar, sexual o política de género; así como aquellos que incumplan con el pago de pensión alimenticia.

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En caso de que el dictamen se apruebe en el pleno el jueves 29 de junio, las limitaciones aplicarán para el proceso electoral del 2024, siempre que el proyecto sea validado por 110 de los 217 cabildos y el decreto se publique en el Periódico Oficial del Estado (POE) antes del mes de agosto.

“Es sin duda uno de los grandes logros del movimiento de las mujeres que (…) no estaremos dispuestas, bajo ninguna circunstancia, a permitir que ningún tipo de violencia sea tolerada y por supuesto ningún tipo de violencia en contra de las mujeres”, expresó la presidenta de la comisión, Mónica Silva Ruiz.

La reforma implica la suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público de las personas que tengan sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal.

También por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.

Aprueban ajustes de edad para ocupar un cargo público

En la misma sesión, se aprobaron reformas a los artículos 36 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, sobre la edad mínima para ocupar un cargo público.

Se trató de una homologación con las modificaciones constitucionales realizadas por el Congreso de la Unión, así como con las propuestas realizadas por las diputadas Nora Merino Escamilla (PT) y Xel Arianna Hernández García (Morena).

De acuerdo con las nuevas especificaciones, quienes pretendan buscar una diputación podrán hacerlo desde los 18 años y quienes aspiren a una secretaría estatal, podrán ser designados desde los 25.

Cabe mencionar que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla no establece candados de edad para ser diputado, pues sòlo pide como requisitos “ser ciudadano del Estado en ejercicio de sus derechos” y “saber leer y escribir”.

En tanto, indica que para ser secretario del despacho “se requiere ser ciudadano mexicano, estar en ejercicio de sus derechos y tener treinta años cumplidos”. De esta manera, avanza en comisiones la Ley 3 de 3 contra la violencia en el Congreso de Puebla.

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