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Ganan amparo contra Agua de Puebla; cortó servicio a mujer de la 3a edad

  • Nancy Camacho
La primera suspensión del servicio fue en octubre de 2021, cuando la afectada estaba contagiada de Covid-19
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El activista y abogado Omar Jiménez Castro ganó un juicio de amparo en contra de Agua de Puebla para Todos, toda vez que se violentaron los derechos de la señora Jovita Contreras, una mujer de la tercera edad con domicilio en la colonia Guadalupe Xonacatepec, a quien la compañía cortó  el servicio de agua sin justificación.

En entrevista, Jiménez Castro detalló que en octubre de 2021 personal de Agua de Puebla se apersonó en el domicilio de la afectada, quien en ese entonces estaba contagiada de Covid-19, y le suspendieron el servicio del agua, por lo cual tuvo que acudir a las oficinas para que la reconectaran.

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Explicó que el 10 de noviembre del año 2022, una vez más se presentó la empresa a realizar otro corte del servicio, argumentando que tenía un adeudo, el cual nunca se acreditó

Ante ello, el activista expuso que presentaron una demanda de amparo el 23 de noviembre del año pasado, en la que argumentó que era ilegal el corte que se le hacía a la señora Jovita Contreras, quien además le quedaron secuelas tras contagiarse de Covid-19.

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Explicó que Concesiones Integrales manifestó que no había ningún corte de servicio, por lo que tuvieron que pedir una inspección judicial para dar fe de que sí hay un corte de agua desde el 10 de noviembre.

Agua de Puebla se negó a hacer la reconexión, manifestando que no había realizado ningún corte de servicio. Entonces con la inspección judicial nosotros acreditamos que sí hay un corte de servicio”, manifestó.

Jiménez Castro comentó que el 24 de marzo del 2023 el juez emitió la sentencia, en la que manifestó que fue un acto ilegal el corte del servicio

“En ese sentido, el juez ponderó muy bien, le dio mucho valor a lo que determina el artículo cuarto Constitucional del Derecho al Agua, el 14 y 16 en donde manifiesta que nadie puede ser molestado en su familia, domicilio, posesiones, sino por mandato judicial que funde y motive la decisión y en este caso Agua de Puebla llegó, le cortó sin previo aviso, sin el derecho de audiencia, sin una defensa adecuada y sin una notificación por escrito”, expuso el activista. 

Explicó que Agua de Puebla tiene diez días hábiles a partir de que sea notificado para tramitar en su caso un recurso de revisión y revertir la sentencia, y en caso de que así suceda también apelarán ese recurso para que quede la sentencia firme.

El defensor señaló que, una vez ganado el juicio con sentencia firme, el juez le tendrá que ordenar a la empresa que reconecte de manera inmediata el servicio de agua que se le suspendió desde noviembre de 2022.

Asimismo, tiene que demostrar el supuesto adeudo que tiene la señora Jovita Contreras, quien ganó el amparo contra Agua de Puebla por cortarle el servicio, y tendrá que fundar y motivar cuántos metros cúbicos de agua le está cobrando, exhibir las constancias de saneamiento que le pidió Conagua y demostrar que tiene la facultad para cobrar, toda vez que no es una autoridad fiscal.

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