• Municipios

Tribunal ratifica sentencia contra regidor de Texmelucan

  • Redacción e-consulta
Los magistrados determinan que José Galindo Yamak sí cometió violencia política de género
.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la sentencia con la que se señaló que el regidor José Galindo Yamak cometió violencia política de género en contra de la alcaldesa Norma Layón Aarun.

En sesión de la Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX), se resolvió el asunto SCM-JDC-287/2022, promovido por Galindo Yamak, con el que intentó revertir la determinación del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) emitida en julio.

De acuerdo con el proyecto, el denunciante consideró que la resolución estaba "infundada", pues las publicaciones que realizó en Facebook contra la presidenta municipal de San Martín Texmelucan fueron para criticar su gobierno

También consideró injusta su inscripción en el Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, pues "carece de justificación".

Sin embargo, el pleno ratificó la sentencia del tribunal local y explicaron al  regidor que sus comentarios "no están amparados en su libertad de expresión". 

"Se detalla cómo es que si bien, el inicio de su publicación denotaba un ejercicio legítimo de su derecho a la libertad de expresión, al manifestar su opinión respecto a la manera de gobernar de la denunciante, cuando indicó que para mejorar su forma de gobierno necesitaba a un hombre e intentó demeritarla con expresiones de carácter sexual, evidentemente cometió violencia política por razón de género", leyó la secretaría general de acuerdos.

Sin embargo, revocó parcialmente la sentencia al acreditar que el TEEP no justificó la falta que cometió ni el tiempo que pasó para ser inscrito en dicho registro, por lo que tendrá que emitir una nueva determinación al respecto. 

En la misma, se desechó la sentencia SCM-JDC-388/2022, promovida por Claudia Gámez Carranco y otras personas en contra del TEEP, pues sus reclamos respecto a la firma de documentación y pago de prestaciones eran inoperantes.

Tags: 

Comentarios de Facebook: