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Por avalar asentamientos irregulares, hasta 15 años de cárcel en Puebla

  • Berenice Martínez
El asentamiento humano irregular es el grupo de personas establecido para fines de vivienda, sin autorización, en un área de restricción o de riesgos
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Las y los servidores públicos que autoricen o permitan la fundación de asentamientos humanos irregulares serían sancionados con hasta 15 años de cárcel, a propuesta del gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta.

El mandatario envió al Congreso del estado una iniciativa para prohibir todo tipo de asentamientos en los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones y zonas federales, así como en zonas de riesgo o con probabilidad de daño.

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El asentamiento humano irregular es el grupo de personas establecido para fines de vivienda, sin autorización, en un área de restricción natural o artificial, riesgos o de amortiguamiento, cualquiera que sea su régimen de propiedad, al margen de la ley, planes y programas de desarrollo urbano.

Además, carece de los requerimientos mínimos de infraestructura, equipamiento y servicios básicos para su funcionamiento, con falta de certidumbre jurídica en la tenencia de la tierra, según la iniciativa del gobernador.

Con ella planea reformar la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable, Ley del Sistema Estatal de Protección Civil y el Código Penal, por lo que su análisis estará a cargo de las comisiones unidas de Procuración y Administración de Justicia, de Protección Civil y de Desarrollo Urbano.

Las reformas al Código Penal permitirán imponer de seis a 15 años de cárcel a servidores públicos que realicen actos u omisiones para alentar, autorizar, aprobar, otorgar, conceder y/o permitir asentamientos irregulares en zonas prohibidas y de riesgo, así como en áreas naturales protegidas o de preservación ecológica y en zonas no aptas para vivienda.

Ayuntamientos verificarán cumplimiento

La reforma a la Ley de Ordenamiento Territorial propone que los ayuntamientos se coordinen con las autoridades competentes para verificar el cumplimiento de las normas federales y estatales sobre los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones y zonas federales, la ley de zonas de riesgo o donde exista probabilidad de daño.

Los planes, programas estatales, municipales, regionales, subregionales, de zonas metropolitanas o conurbaciones, de centros de población, parciales sectoriales o esquemas de planeación simplificada y de centros de servicios rurales en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, así como dictámenes, licencias, permisos e impactos ambientales, deberán observar los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones y zonas federales, así como la ley de zonas de riesgo.

La iniciativa advierte que ninguna autoridad podrá otorgar licencias, factibilidades, permisos o cualquier otra autorización para la fundación de asentamientos humanos en zonas prohibidas, así como en ríos y barrancas.

Los municipios tendrán la obligación de avisar a la autoridad competente para denunciar y en su caso determinar acciones. Además, los residentes del área que resulten directamente afectados tendrán derecho a exigir suspensiones, demoliciones o modificaciones de dichos asentamientos.

La reforma a la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil permitirá a las dependencias de protección civil vigilar que no se autoricen centros de población en zonas de riesgo y, de ser el caso, informarán a las autoridades para que desalojen o deslinden responsabilidades.

Podrán realizar inspecciones, imponer sanciones y medidas de seguridad; denunciar, clausurar o desalojar asentamientos humanos irregulares.

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