• Política

TEPJF confirma extinción del partido Compromiso por Puebla

  • Berenice Martínez
Compromiso por Puebla no obtuvo el 3 por ciento mínimo de votación requerida para conservar el registro como partido político local
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La Sala Regional Ciudad de México del TEPJF confirmó la pérdida del registro de Compromiso por Puebla (CPP) como partido político local, por no obtener el porcentaje mínimo de votación necesario en las elecciones de 2021 y 2022.

Este jueves magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dejaron firmes las resoluciones del Instituto Electoral del Estado (IEE) y el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) sobre la desaparición del partido debido a que en las elecciones de diputaciones locales y ayuntamientos no alcanzó el 3 por ciento de la votación para conservar el registro.

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En sesión virtual se resolvieron los juicios de revisión constitucional SCM-JRC-31/2022 y SCM-JRC-32/2022, promovidos por la fuerza política, uno se declaró improcedente y otro fue sobreseído.

La Sala Regional declaró que, a diferencia de lo que dijo el extinto partido, el porcentaje de votación emitida en los procesos electorales anteriores debe calcularse en función de los votos válidos emitidos en todos los distritos y municipios del estado, no solo en aquellos en los que CPP registró candidaturas.

“Ya que lo que se busca es demostrar que, a través de su fuerza electoral lograra conseguir en todo el estado la votación mínima necesaria para conservar su registro, por las razones anteriores se propone confirmar los actos controvertidos y, por ende, la pérdida del registro de partido Compromiso por Puebla”, resolvió el tribunal.

El 17 de diciembre de 2021 el IEE declaró la pérdida del registro, luego de nueve años de existencia del partido catalogado como “satélite” del PAN y sus aliados, bajo la influencia del difunto exgobernador Rafael Moreno Valle Rosas.

La extinta fuerza política era presidida por Laura Escobar Juárez, pero en la pasada elección solo obtuvo 37 mil 349 votos, que representaron el 1.49 por ciento de la votación válida emitida para diputaciones locales y 57 mil 322 votos (2.23 por ciento) para ayuntamientos.

“Los resultados obtenidos por CPP, tanto en el Proceso Electoral Ordinario y el Proceso Extraordinario, evidencian que no alcanzó el porcentaje requerido (…) se determina la pérdida de registro como partido político estatal”, concluyó el IEE el 4 de julio de este año, tras revisar de nuevo la votación por orden del TEEP.

Todavía CPP puede impugnar el fallo de la Sala Regional ante la Sala Superior del TEPJF, que tiene la última palabra en materia electoral.

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