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Por acusar a Rivera Pérez, TEEP amonesta a Alejandro Carvajal

  • Mariana Salinas
El ahora diputado federal dijo que el edil poblano uso operadores políticos para coaccionar el voto en Bosques de San Sebastián
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El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) impuso una amonestación pública al diputado federal Alejandro Carvajal Hidalgo, resultado de una queja de Eduardo Rivera Pérez, entonces candidato por la presidencia municipal de Puebla. 

Después de cuatro meses, el TEEP logró confirmar la resolución del Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE) del expediente SE/PES/ERP/390/2021 que da cuenta de la queja que inició Rivera Pérez el 1 de junio de 2021 contra el entonces candidato de Morena por del distrito federal 6, Alejandro Carvajal. 

Por el principio para la protección de datos personales, el expediente no detalla los agravios, sin embargo, coinciden con las acusaciones públicas que realizó Carvajal Hidalgo al equipo de Rivera Pérez de coaccionar el voto con el reparto de leche del DIF, por lo que el ahora presidente de la capital solicitó medidas cautelares. 

Los magistrados del TEEP avalaron por unanimidad la existencia de las conductas denunciadas, sin embargo, sólo interpusieron una amonestación pública. El retraso para la resolución de esta impugnación se debe a los errores que cometió el IEE para conformar correctamente los archivos integrados en el expediente.

Permiten participación de partidos en 2022 

Aunque desde el 17 de enero pasado, el Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE) determinó que, en las elecciones extraordinarias de 2022, para renovar los ayuntamientos de Tlahuapan, Teotlalco y San José Miahuatlán, no podrían competir los partidos que perdieron registro en 2021, el TEEP revocó el acuerdo. 

Los proyectos estuvieron a cargo de la magistrada, Idamis Pastor Betancourt y corresponden a las denuncias presentadas por Movimiento Ciudadano (MC), Encuentro Social (ES), Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Acción Nacional (PAN) y Compromiso Por Puebla (CPP). 

Los partidos acusaron al IEE de no respetar sus derechos político electorales de los partidos pues el instituto negó la participación de CPP, PES y Fuerza Por México debido a que perdieron su registro en las elecciones de 2021 o no postularon planillas por esos municipios. 

Sin embargo, en el estudio Idamis Pastor consideró que en el Código Electoral de Puebla y en la convocatoria emitida por el órgano electoral en el estado no existe limitación para que los partidos propongan un candidato. 

“Se advierte que en el Código de Instituciones y Procesos Electorales del estado de Puebla y en la convocatoria emitida el 17 de diciembre de 2021, no existe limitación para la participación de los partidos políticos ya que su base cuarta señala que todos los partidos interesados podrán participar, situación que no fue impugnada”, explica el resolutivo. 

En su participación, la magistrada presidenta del TEEP, Norma Angélica Sandoval Sánchez, avaló el proyecto considerando que no hay argumentos legales o restricciones para la participación de estos partidos en los ayuntamientos que aún tienen que renovarse. 

Por unanimidad se aprobó la revocación del acuerdo impugnado concediendo la posibilidad a los partidos y candidatos independientes de participar en el proceso electoral extraordinario de Puebla 2022. 

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