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Otro revés de SCJN al Congreso: corrige ley de conciliación laboral

  • Mariana Salinas
La CNDH ganó otro juicio contra la LX Legislatura del Congreso de Puebla, que acumula ya varios reveses de la Corte
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ahora invalidó el requisito de "no haber sido condenado por delito doloso" para ejercer el cargo de titular del Centro de Conciliación Laboral en Puebla, en otro revés a la LX Legislatura del Congreso, que impuso dicho requisito en la Ley Orgánica.
 
En sesión pública el alto tribunal declaró inconstitucional la medida por considerarla discriminatoria, a raíz de la acción de inconstitucionalidad 85/2021, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
 
La Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral fue propuesta por el gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta y se aprobó sin ningún cambio por la legislatura anterior, que acumula en la Corte una veintena de juicios en contra, la mayoría promovidos por la CNDH.
 
Invalidan requisito por discriminatorio
 
La resolución del caso estuvo a cargo de la ministra Margarita Ríos Fajart, quien declaró fundada la solicitud de la CNDH de invalidar las fracciones V y IX del Artículo 46 de la Ley Orgánica del Centro de Conciliación, promulgada el 14 de abril.
 
En su participación, Ríos Fajart aseguró que establecer como requisito "no haber sido condenado(a) mediante sentencia firme por delito doloso, cualquiera que haya sido la pena, es un acto de discriminación que va en contra del artículo 1 de la Constitución Federal”.
 
El ministro Luis María Aguilar Morales ventiló que a la luz del Derecho eran inatendibles los argumentos del Congreso de Puebla, que defendió la permanencia de las fracciones que se consideraron inválidas.
 
Ventiló que la LX legislatura, que se fue el pasado 14 de septiembre, intentó ampararse en que la Constitución Federal también tiene este requisito, pero Aguilar Morales precisó que en este caso no procede la unificación a nivel local.
 
"El Congreso señala que no pueden ser inconstitucionales, pues a nivel federal para ser titular del organismo es necesario no ser condenado por delito doloso, pero esto no lo hace extensivo a nivel local", expresó.
 
Recordó que este requisito fue analizado en la acción de inconstitucionalidad 106/2019, donde se impugnó la exigencia de "no antecedentes penales" a las personas aspirantes a ocupar un cargo en fiscalías especializadas de Tamaulipas.
 
Pide examen en vez de bloqueo
 
Aunque la resolución fue por unanimidad, la ministra Norma Lucía Piña Hernández y el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, hicieron un voto concurrente para que sugerir que a las y los aspirantes se realice un test de escrutinio que sirva como factor de evaluación para el cargo.
 
 
"Se necesita un test de escrutinio estricto, porque se hace referencia a un requisito que se trata de una categoría sospechosa, como lo es el haber sido condenado”, consideró el ministro.
 
A inicios de este mes comenzó a operar el Centro de Conciliación Laboral, que será un Organismo Público Descentralizado (OPD) sectorizado a la Secretaría del Trabajo y que cuenta con tribunales laborales sujetos al Poder Judicial.
 
Este nuevo modelo apuesta por la conciliación directa entre las partes para la solución de los conflictos laborales, y con esta modalidad se buscará resolver las querellas en 45 días hábiles.

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