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SCJN quita prisión preventiva a defraudación y contrabando

  • Redacción e-consulta
El ministro presidente consideró que la prisión preventiva oficiosa viola los derechos humanos.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa en los delitos de contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas.

En sesión pública este lunes, el pleno del máximo tribunal del país, dio la razón por mayoría de votos, a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y a un grupo de senadores de oposición, quienes impugnaron las modificaciones realizadas en noviembre de 2019 a las leyes de Seguridad Nacional, Federal Contra la Delincuencia Organizada y a los códigos Nacional de Procedimientos Penales y al Fiscal de la Federación.

Entre otros puntos, dichas reformas tipificaron como delincuencia organizada la expedición de facturas falsas por un monto superior a los 7 millones 800 mil pesos.

En su intervención, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, ministro presidente de la Corte, consideró que la prisión preventiva oficiosa viola derechos humanos, pues aseguró que es inconvencional y rechazó la ampliación de delitos que ameritan dicha medida cautelar, aun cuando se considere que ponen en peligro la seguridad nacional.

Señaló que no se puede simplemente ampliar el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa, ni de no acatar la Constitución, sino de tomarse en serio los derechos humanos que son parte del artículo primero constitucional.

Finalmente, señaló que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sostenido que ni las características o apariencia del sujeto ni la gravedad del delito que se le imputa son suficientes para una prisión preventiva, por lo que el peligro procesal no puede presumirse, sino que debe justificarse.

Con información de Milenio.

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