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Estas son las multas por no registrar tus datos de telefonía

  • Redacción
Sin embargo, en las modificaciones hechas se contemplan sanciones para quienes no registren sus datos.
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La entrada en vigor del decreto por el que se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil ha tenido rechazo en redes sociales e incluso se ha invitado a no registrarse.

Sin embargo, en las modificaciones hechas se contemplan sanciones para quienes no registren sus datos.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones tiene un año para poner en marcha este sistema, como reconoció Rafael Eslava, Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios del IFT, entrevistado por Pascal Beltrán en “Imagen MultiCast”.

En la edición vespertina del viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó el decreto para crear el padrón de usuarios de telefonía móvil con los datos biométricos de los mexicanos.

Por no registrar una línea telefónica o por no actualizar el Padrón las empresas deberán pagar de 500 a mil UMA, es decir, 44 mil 810 pesos hasta 89 mil 620 pesos.

Por hacer uso indebido de la base de datos las empresas serán sancionados desde 10 mil a 15 mil UMA, lo que significa 896 mil 200 pesos hasta un millón 344 mil 300 pesos.

La aplicación de las sanciones a que se refiere este Título, se hará considerando las circunstancias en que se cometió la infracción, así como la capacidad económica del infractor. Dichas sanciones no lo liberan del cumplimiento de las obligaciones que establece esta Ley, y se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal que le resulte”, se informa en el decreto.

Sanciones

Estas son las multas que se aplicarán a los concesionarios de telecomunicaciones:

Por hacer un registro extemporáneo, de mil 792 a 4 mil 481 pesos.

Por no registrar una línea o no actualizar la información, de 44 mil 810 a 89 mil 620 pesos.

Por hacer uso indebido de la documentación, de 179 mil 240 a 358 mil 480 pesos.

Por alterar, omitir o permitir registros de forma ilícita, o acceder sin autorización al padrón, de 896 mil 200 a un millón 344 mil 300 pesos.

Por hacer uso de la información para obtener un lucro indebido, de dos a tres veces el monto que se obtuvo.

El registro en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil será obligatorio para quien active una línea.

Información que recabará el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía

Esta es la información que se recabará de los usuarios:

    Número telefónico

    Fecha y hora de activación de la tarjeta sim

    Nombre completo de la persona, o razón social del usuario

    Nacionalidad

    Número de identificación oficial con fotografía o CURP

    Datos biométricos del titular de la línea

    Domicilio

    Datos del concesionario

    Esquema de contratación: pospago o prepago

    Avisos de actualización de la información

 

 

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