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Proponen pruebas de confianza como requisito para ser fiscal

  • Héctor Llorame
Los aspirantes tendrían que pasar cinco exámenes.
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En el Congreso de Puebla se busca establecer las pruebas de control de confianza como un requisito necesario para ser fiscal del estado.

Con esta medida se pretende dar certeza de la idoneidad de la persona que encabece la Fiscalía General del Estado (FGE).

La propuesta es promovida por el diputado del PRI Jonathan Collantes Cabañas, mediante una iniciativa para reforma constitucional.

Su intención es modificar la fracción V del artículo 99 de la Constitución Política del estado, para que se exija al fiscal: “acreditar las pruebas de control de confianza, emitidas por la autoridad correspondiente”.

La iniciativa enfatiza que las pruebas de control consisten en cinco exámenes sobre entorno social y situación patrimonial; psicológico; poligráfico; médico y toxicológico.

Actualmente para ser fiscal solo se exige ser mexicano, tener más de 35 años, ser profesional del Derecho con más de diez años de experiencia,  gozar de buena reputación y no haber sido condenando por delito doloso.

Buscan ampliar concepto de discriminación 

En otra iniciativa se planteó que ahora se consideren discriminatorias varias acciones u omisiones cometidas contra menores de edad.

La diputada del PRI Rocío García Olmedo busca modificar la fracción IX del artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, para que defina la discriminación como:

 “La negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento, restricción, anulación o preferencia, de alguno o algunos de los derechos humanos o libertades de las personas, grupos y comunidades en situación de discriminación, imputables a personas físicas o jurídicas o entes públicos con intención o sin ella, dolosa o culpable, por acción u omisión, que no sea objetiva, racional ni proporcional, por razón de su orgien étnico o nacional, color de piel, cultura, lengua, sexo, género, identidad indígena, de género, expresión de rol de género, edad, discapacidad, condición jurídica, social o económica, apariencia física, condiciones de salud, características genéticas, situación migratoria, embarazo, religión, opiniones políticas, académicas o filosóficas, identidad o filiación política, orientación o preferencia sexual, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares, idioma, antecedentes penales, por su forma de pensar, vestir, actuar, gesticular, por tener tatuajes o perforaciones corporales o cualquier otra que tenga por efecto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, de los derechos humanos, así como la igualdad de las personas. 

También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia”.

Por su parte el diputado sin partido Rodolfo Huerta Espinosa planteó reformar el artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal para que los 217 ayuntamientos estén obligados a conformar un catálogo de edificios históricos, a fin de garantizar su cuidado y conservación.

Las iniciativas se turnaron a comisiones para su análisis y eventual aprobación.

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