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Por fin legislarán el viernes matrimonios igualitarios en Puebla

  • Héctor Llorame
Se aprobarán los matrimonios igualitarios por mandato de la SCJN
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Diputados planean legislar por fin este viernes los matrimonios igualitarios en Puebla, luego del “coscorrón” de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al Congreso del estado.

Las reformas al Código Civil del estado se discutirán en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, en una sesión virtual convocada para la 1 de la tarde.

La legislación llegará un año después de que diputados de Juntos Haremos Historia y el PAN votaron en contra de las uniones civiles entre personas del mismo sexo, en aquella sesión del 8 de octubre de 2019, en la que también negaron la despenalización del aborto.

Aunque ya existían varias propuestas al respecto desde 2018, el proyecto que se pondrá a votación mañana solo contempla la iniciativa de Rafaela Vianey García Romero (de Morena), presidenta de la Comisión de Gobernación.

Una vez que se dictamine el proyecto morenista, las iniciativas promovidas por los otros partidos serían declaradas sin materia y se desecharían.

La proposición de García Romero apenas fue presentada el jueves, luego de que el presidente del poder Legislativo, Gabriel Biestro Medinilla, reconoció que la SCJN ordenó reconocer ya los matrimonios homoparentales en Puebla.

Con esto se daría cumplimiento a una sentencia del alto tribunal emitida desde 2017, pero que las últimas dos legislaturas poblanas habían ignorado.

Las reformas de Morena

La iniciativa de García Romero prevé la modificación del artículo 294 del Código Civil del estado, que actualmente dice:

“El matrimonio es un contrato civil, por el cual un sólo hombre y una sola mujer, se unen en sociedad para ayudarse en la lucha por la existencia”.

La propuesta de la morenista es que ahora diga: “el matrimonio es un contrato civil por el cual dos personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con igualdad de derechos y obligaciones, y para ayudarse en la lucha por la existencia. En términos del régimen constitucional, queda prohibida cualquier forma de discriminación que atente contra este derecho”.

Va concubinato homoparental

Para el reconocimiento del concubinato homoparental se contempla modificar los artículos 297, 298 y 300, que actualmente declaran que esta unión de hecho es exclusivamente “entre un hombre y una mujer”.

En los tres artículos se cambiaría esa frase por los términos “personas”, “pareja” y “concubinos”, para suprimir la restricción del género.

En el 321 se prevé además una medida sobre el domicilio conyugal, mediante la adición de una fracción VIII que diría: “tratándose de matrimonios entre personas del mismo sexo, y de no existir común acuerdo, el Juez podrá designar al cónyuge que le corresponderá el uso del domicilio conyugal, previa audiencia y analizando las particularidades de cada caso”.

En los artículos 330, 333 y 403 del Código Civil se busca también suprimir la terminología discriminatoria como “el marido y la mujer” o “el hombre y la mujer”, para sustituirla por “los cónyuges” y “los contrayentes”.

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