• Política

Darían prisión de 15 años a médicos que provoquen esterilidad, en Puebla

  • Héctor Llorame
El personal involucrado sería inhabilitado, según iniciativa de diputado del PT
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Hasta 15 años de cárcel e inhabilitación definitiva buscan imponer en Puebla al personal médico que por negligencia provoque esterilidad a mujeres.

Una iniciativa del diputado Raymundo Atanacio Luna (del PT) pretende que también se multe hasta con 6 mil 81.6 pesos a los responsables.

Su propuesta presentada en el Congreso del estado contempla que, si el daño es reversible, la pena de prisión sea únicamente de hasta de siete años, pero los culpables habrán de cubrir los gastos médicos de la víctima.

Para esto se propone reformar el Código Penal del estado, en sus artículos 343 Ter y 356 Bis, para también modificar lo referente a la violencia obstétrica.

Sobre la esterilidad el artículo 343 Ter diría: “comete el delito de esterilidad provocada quien, sin el consentimiento previamente informado de la mujer, practique en ella procedimientos quirúrgicos, químicos o de cualquier otra índole para hacerla estéril. Al responsable de esterilidad provocada se le impondrán de diez a quince años de prisión y de cincuenta a setenta días multa”.

“Además de las penas señaladas en el párrafo anterior, se impondrá al responsable la suspensión del empleo o profesión por un plazo igual al de la pena de prisión impuesta hasta la inhabilitación definitiva, siempre que en virtud de su ejercicio haya resultado un daño para la mujer”, agrega. 

“Si el procedimiento de esterilización es reversible se reducirá una tercera parte de la pena señalada, en ambos casos se le impondrá además el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados que incluirán los gastos de hospitalización, y en su caso, los gastos del procedimiento quirúrgico correspondiente para revertir la esterilidad y tratamiento médico”, concluye el texto planteado.

Sobre la violencia obstétrica su iniciativa contempla que el artículo 356 Bis diga: ”la violencia obstétrica se configura por parte del personal médico, paramédico, de enfermería y administrativo de las instituciones de salud públicas o privadas, cuando se dañe o denigre a la mujer durante el embarazo, el parto, puerperio o en emergencias obstétricas y atención médica que se exprese en un trato cruel y deshumanizado, en un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo consecuencias como: la pérdida de la autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y su sexualidad, la pérdida de la vida de la mujer o, en su caso, del producto de la gestación o del recién nacido”. 

Su proyecto de ley fue turnado a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y eventual aprobación.

Nuevas reglas para custodia compartida

En otra iniciativa, la diputada María del Carmen Saavedra Fernández (de Morena) propuso fijar plazos y nuevas reglas para la custodia compartida de los hijos.

Su intención es reformar el artículo 635 del Código Civil del estado para que establezca: “la custodia puede establecerse de manera compartida y mediante ella se determinan derechos iguales de convivencia en favor de las y los menores con sus padres y demás familiares, por lo que se podrá alternar la tenencia de las y los hijos en periodos equivalentes de una semana, un mes, por semestre o, en los lapsos de tiempo que, en términos de igualdad, determinen la madre y el padre, siempre y cuando se les garanticen a las y los hijos condiciones equivalentes de vida, como radicar en la misma ciudad, en lugares equidistantes a la escuela y áreas de esparcimiento u otras similares, que aseguren que esta situación no constituye un riesgo en la vida cotidiana para las y los hijos”. 

“Además, en la custodia compartida cada progenitor, puede absorber todas las obligaciones derivadas del sostenimiento económico de las y los hijos, durante los períodos de asignación, o cualquier otra modalidad, que sea acordada por los ascendientes o decretada por la o el juez, para lo cual se deberán valorar las circunstancias especiales de cada caso y considerar lo más adecuado, de acuerdo a la edad de las o los menores”, señala el texto promovido.

Su propuesta se envió a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su discusión y análisis.

 

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