• Educación

Rechazan escuelas particulares devolver pagos de reinscripción

  • Jean Lenin Corona
La Federación para la Defensa de Escuelas Particulares señala que se deberán considerar los términos previstos en los contratos que firman los padres de familia
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La Federación para la Defensa de Escuelas Particulares expresó su rechazo a la medida contemplada por la Procuraduría Federal del Consumidor, en la que los colegios particulares están obligados a devolver el monto de reinscripción a los padres de familia que decidan cambiar de escuela a sus hijos.

Según un comunicado emitido por la FEDEP, esta medida interfiere con lo establecido en los contratos entre el colegio y el solicitante del servicio educativo, por lo que no deben intervenir autoridades como la Secretaría de Educación Pública o la PROFECO.

“Por tanto, ante cualquier solicitud de devolución que tengan las escuelas, deberán considerar exclusivamente los términos previstos en sus respectivos contratos, y, en caso de tener alguna duda, les pedimos contacten a sus respectivos asesores jurídicos de la FEDEP”, detalló el texto.

En el mismo documento, cuestionaron la supuesta disposición del titular de la PROFECO, Ricardo Sheffield Padilla, en el que los colegios que no cumplan con el llamado de conciliación serán acreedoras de una multa de tres millones de pesos.

Profeco, busca conciliar

Por su parte, la procuraduría informó en un comunicado que, derivado del modelo de educación híbrida de la pandemia de COVID-19, exhortó a las instituciones educativas a conciliar intereses y los montos en el cobro de colegiaturas, cuotas de inscripción y de reinscripción.

“Cabe señalar que la contraprestación económica debe ser proporcional a la calidad y naturaleza de la enseñanza recibida, a la diversidad de los servicios y a las instalaciones y recursos académicos que las escuelas particulares utilizan para el cumplimiento de su objeto”, expuso.

Señaló también que está impedida por disposición legal a fijar precios en cualquier producto, por lo cual hizo un llamado a conciliar intereses económicos y educativos.

Legislación en Puebla

En este tenor, la recién aprobada ley de Educación estipula en el artículo 146 en su párrafo tres, que “derivado de las acciones de vigilancia, si las autoridades respectivas identifican que los particulares han aumentado los costos en la prestación de los servicios educativos sin apego a las disposiciones aplicables en la materia, darán aviso a las autoridades competentes para los efectos a los que haya lugar”.

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