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Reforma permitirá clausurar negocios de Puebla para acatar cuarentena

  • Héctor Llorame
La reforma obligaría al gobierno de Puebla a actuar con inmediatez, desde los tres días posteriores al primer contagio en el país
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Una reforma pretende otorgar al gobierno de Puebla la facultad de clausurar negocios temporalmente para obligarlos a respetar la cuarentena durante una crisis sanitaria, como la de Covid-19.

La iniciativa presentada en el Congreso del estado también permitiría a las autoridades a cerrar escuelas y lugares de encuentro desde el inicio de una pandemia, y no esperar hasta que la enfermedad llegue a la entidad.

Con esto se busca prevenir contagios y obligar al gobierno estatal a actuar con inmediatez, desde los tres días posteriores a que se registre el primer contagio en el país.

 

Clausurarían negocios temporalmente

Una de las nuevas medidas que se piensa establecer es que, de ser necesario, se clausuren por decreto los negocios que no sean indispensables, para evitar que se incumpla con la cuarentena, como ocurre actualmente.

Para esto contempla agregar un artículo 153 y varias fracciones a la Ley de Salud del estado, en el cual se advierta que:

“Las autoridades sanitarias del estado podrán ordenar, por causa de epidemia o pandemia, la clausura temporal de los locales o centros de reunión de cualquier índole”.

El proyecto también busca agregar nuevas obligaciones para el sistema de salud, entre las que se encuentran: definir la suspensión de actividades en centros de trabajo y educativos; diagnosticar la capacidad y desabasto en hospitales, así como estrategias de coordinación con las autoridades federales y municipales.

Con esto se busca evitar los errores u omisiones que se han reportado durante la actual crisis sanitaria, donde el propio gobierno del estado se ha quejado de la falta de apoyo por parte de la Federación y del desinterés de los ayuntamientos.

 

Autoridades deberán actuar rápido

Con las nuevas disposiciones el artículo 153 diría: “en caso de que un organismo internacional especializado en salud, reconocido por el Estado mexicano, determine la existencia de una pandemia, conforme a la normatividad aplicable, y se presenten casos de contagio en territorio nacional, el Sistema Estatal de Salud deberá reunirse durante los tres días siguientes a la declaratoria correspondiente, con el objetivo de establecer, como mínimo, lo siguiente:

I. Campañas de información y acciones de prevención de contagios, que se dirijan principalmente a lugares de alta concurrencia como aeropuertos, centrales de transporte, centrales de abasto, mercados, escuelas, entre otros;

II. Medidas para evitar contagios en centros educativos, laborales, comerciales, deportivos, así como en eventos sociales y recreativos, entre otros, considerando la suspensión de actividades;

III. Diagnósticos sobre las necesidades de las instituciones de salud del Estado para prevenir, contener y atender casos de contagio correspondientes. En caso de que se presenten requerimientos financieros extraordinarios, se promoverán los ajustes presupuestales conforme a la normatividad aplicable;

IV. Estrategias de coordinación entre los distintos ámbitos de gobiernos para la prevención, contención y atención oportuna de casos de contagio, y V. Medidas de cumplimiento de las recomendaciones de organismos internacionales aplicables para el Estado”.

La iniciativa es promovida por el diputado sin partido Marcelo García Almaguer y se encuentra bajo análisis de la Comisión de Salud.

Foto: Archivo e-consulta

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