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Proponen 4 años de cárcel por crueldad en rastros de Puebla
Con cuatro años de prisión y multa de hasta 86 mil 880 pesos buscarán castigar en Puebla el maltrato y crueldad que se ejerce contra animales comestibles en los rastros y mataderos del estado.
Si los establecimientos operan en la ilegalidad, también se impondrían cuatro años de cárcel a los propietarios, multa de hasta 434 mil 400 pesos y la clausura definitiva.
Así lo propone una iniciativa de ley presentada en el Congreso local, que pretende acabar con los mataderos “pirata” y combatir el maltrato animal.
Esto debido a las constantes quejas de empresarios, por la competencia desleal, y a la vez por los ciudadanos, por la crueldad con la que suele sacrificarse a reses, cerdos, borregos, pollos y guajolotes.
La reforma consiste en agregar los artículos 474 Bis y 474 Ter al Código Penal del estado.
El primero establecería: “a quien administre u opere cualquier espacio destinado a la matanza de animales de abasto y no cuente con la autorización, licencia o permiso de las autoridades competentes; o que en su defecto se encuentren vencidos o no vigentes, se le impondrá de dos a cuatro años de prisión, multa de cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización diaria vigente y la clausura definitiva del inmueble para el uso de matanza de animales destinados al abasto”.
El segundo advertiría: “a quien no utilice los métodos establecidos en las normas y leyes para inducir a la brevedad un estado de inconsciencia, a un animal destinado para abasto y como resultado prolongue la agonía o la muerte del animal, se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y multa de cuatrocientos a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.
La iniciativa fue presentada en sesión de la Comisión Permanente por la diputada Olga Lucía Romero Garci Crespo (de Morena) y se envió a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y discusión.
Atención a salud mental y emocional
Otra iniciativa busca que la Secretaría de Salud tome medidas para atender la situación mental y emocional de la población y el personal médico durante las crisis sanitarias, como la que actualmente atraviesa el estado por Covid-19.
Ello en vista de que se ha documentado un incremento en casos de estrés, ansiedad y depresión en la ciudadanía a causa del confinamiento, así como en médicos y enfermeras por el alza de pacientes.
La reforma plantea agregar un artículo 67 Bis con tres fracciones, que dicen:
“Tratándose de epidemias o pandemias reconocidas por el Consejo de Salubridad General como enfermedades graves de atención prioritaria, la Secretaría de Salud Pública del Estado deberá considerar dentro de las medidas de prevención y control las siguientes: I. Lineamientos para la prestación de servicios de salud mental a la población con el objetivo de reducir los niveles de estrés, ansiedad o depresión originados por la epidemia o pandemia;
II. Lineamientos para la prestación de servicios de salud mental al personal de salud con el objetivo de reducir los niveles de estrés, ansiedad o depresión originados por la epidemia o pandemia, y III. Campañas de información sobre salud mental, especialmente cuando se dicten medidas de aislamiento para la contención de enfermedades transmisibles en el contexto de una epidemia o pandemia”.
El proyecto de ley es promovido por el diputado sin partido Marcelo García Almaguer y se encuentra bajo análisis de la Comisión de Salud.