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PAN busca que el IEE castigue violencia política en Puebla

  • Héctor Llorame
La iniciativa pretende que el procedimiento gane celeridad
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Con una reforma el PAN busca que el Instituto Electoral del Estado (IEE) tenga la facultad de castigar la violencia política de género en Puebla antes de que inicie el proceso electoral de 2021.

Con esto se busca agilizar las sanciones, ya que en la actualidad el organismo recibe las denuncias, investiga, integra un expediente y lo envía al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) para que dicte una sentencia.

La iniciativa presentada en el Congreso local pretende que el procedimiento ya no llegue al TEEP, sino que el mismo instituto se encargue de imponer las penas y el tribunal intervenga solo si alguna de las partes impugna.

Para esto se prevé reformar varios artículos de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado, a fin de establecer nuevas funciones para el IEE y ampliar la lista de acciones que representan violencia política.

La modificación al artículo 40 bis plantea que las nuevas obligaciones del instituto sean: “promover la cultura de la no violencia en el marco del ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres e incorporar la perspectiva de género al monitoreo de las transmisiones sobre las precampañas y campañas electorales en los programas en radio y televisión que difundan noticias, durante los procesos electorales y sancionar, de acuerdo con la normatividad aplicable, las conductas que constituyan violencia política contra las mujeres en razón de género”.

Proponen extender órdenes de protección

El proyecto de ley también propone que las órdenes de protección que actualmente se otorgan a las mujeres que sufren violencia familiar, también les sean dadas a las víctimas de violencia política.

Tanto el IEE como el TEEP estarían facultados para solicitarlas si consideran que la integridad o vida de la denunciante corre peligro.

Sobre estas medidas el artículo 24 que se encuentra vigente dice: “las órdenes de protección son actos de urgente cumplimiento en función del interés de la víctima, de carácter precautorias y cautelares. Se decretarán inmediatamente después de que el Juez de lo Familiar o el Ministerio Público en casos de urgencia y en razón del lugar o la hora, conozcan de probables hechos constitutivos de violencia contra las mujeres”.

La reforma pretende agregar un párrafo que diga: “en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla y el Organismo Público Local Electoral del Estado podrán solicitar a las autoridades competentes el otorgamiento de las medidas a que se refiere el presente Capítulo”.

Amplían prácticas de violencia política

La iniciativa además busca ampliar la lista de prácticas que son consideradas violencia política, mediante la adición de varias fracciones al artículo 21 Ter.

Entre las conductas que ahora se castigarían se encuentran: “restringir, limitar o anular el derecho al voto libre y secreto de las mujeres; obstaculizar la precampaña o campaña electoral de modo que se impida que la competencia electoral se desarrolle en condiciones de igualdad;

Realizar o distribuir propaganda política o electoral que difame, calumnie, degrade o descalifique a precandidata o candidata basándose en estereotipos de género; Divulgar imágenes, mensajes, videos, fotografías o información privada de una mujer precandidata, candidata o en funciones, por cualquier medio físico o virtual, con el propósito de desacreditarla y amenazar o intimidar a una o varias mujeres o a su familia o colaboradores con el objeto de inducir su renuncia a la precandidatura, candidatura o al cargo para el que fue electa o designada”.

La iniciativa fue presentada por las diputadas panistas Mónica Rodríguez Della Vecchia y Nancy Jiménez Morales y se encuentra en análisis de la Comisión de Igualdad de Género.

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